RESOLUCION, Nº 01599-2022, ORGANOS AUTONOMOS, SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES - Disponen excluir del Registro Nacional de Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público y de las Centrales, a la Cooperativa de Ahorro y Crédito Prestaplus Santa Rosa Ltda y declaran su disolución-RESOLUCION-Nº 01599-2022
Fecha de disposición | 13 Mayo 2022 |
Fecha de publicación | 16 Mayo 2022 |
Disponen excluir del Registro Nacional de Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público y de las Centrales, a la Cooperativa de Ahorro y Crédito Prestaplus Santa Rosa Ltda y declaran su disolución
RESOLUCIÓN SBS N° 01599-2022
Lima, 13 de mayo de 2022
LA SUPERINTENDENTA DE BANCA, SEGUROS
Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS
DE PENSIONES
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución SBS N° 01013-2022, emitida el 28/03/2022 y notificada el 31/03/2022, esta Superintendencia dispuso el sometimiento a régimen de intervención de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Prestaplus Santa Rosa Ltda (en adelante, COOPAC Prestaplus) por encontrarse incursa en la causal de pérdida total del capital social y de la reserva cooperativa, prevista en el numeral 2 del artículo 2 del Reglamento de Regímenes Especiales y de la Liquidación de las Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público, aprobado por Resolución SBS N° 5076-2018 y su modificatoria (en adelante, Reglamento de Regímenes Especiales); al haberse determinado, sobre la base de la información financiera reportada por la COOPAC Prestaplus y las acciones de supervisión permanente efectuadas por esta Superintendencia, que la entidad registraba, al 30/09/2021, un patrimonio negativo ascendente a - S/ 5 680 695.41 (cinco millones seiscientos ochenta mil seiscientos noventa y cinco con 41/100 soles);
Que, el artículo 3 del Reglamento de Regímenes Especiales establece que el régimen de intervención para las cooperativas de ahorro y crédito (COOPAC) de nivel modular 1 o 2 tiene una duración máxima de cuarenta y cinco (45) días;
Que, en aplicación del artículo 7 del Reglamento de Regímenes Especiales y de lo establecido en el “Procedimiento para la realización de la Asamblea General de Intervención en el marco del Régimen de Intervención de Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público de los Niveles 1 y 2”, aprobado por la Resolución SBS N° 2655-2021, se realizó la Asamblea General de Intervención de la COOPAC Prestaplus en Intervención de manera virtual, vía la plataforma Zoom, el día viernes 08/04/2022, en segunda convocatoria, contando con la participación de treinta y dos (32) socios hábiles inscritos en el Padrón de Socios Hábiles proporcionado por la COOPAC Prestaplus dentro de los noventa (90) días previos a la intervención;
Que, en la Asamblea General de Intervención se informó, entre otros, sobre la causal que motivó la declaración de intervención de la COOPAC Prestaplus, así como sobre el plazo establecido en el numeral 4-B de la Vigésima Cuarta Disposición Final y Complementaria de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702 y sus modificatorias (Ley General), para que los socios acrediten su levantamiento a satisfacción de esta Superintendencia;
Que, mediante Carta S/N de fecha 28/04/2022 remitida al correo electrónico de la COOPAC Prestaplus en Intervención, recibida el 29/04/2022, la señora Yaneth Ccoillulle Vivanco, identificada con DNI N° 45428606, informó que fue elegida Representante de los Socios de la COOPAC Prestaplus en Intervención para fines de la acreditación del levantamiento efectivo de la causal de intervención a satisfacción de esta Superintendencia;
Que, a través de la Carta S/N de fecha 30/04/2022, recibida en la misma fecha mediante el correo electrónico de la COOPAC Prestaplus en Intervención, la Representante de los Socios de la COOPAC Prestaplus en Intervención adjuntó documentación que, a su criterio, acreditaría el levantamiento de la causal de intervención...
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