ACUERDO, Nº 012-2022-MDSMP, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES - Aprueban reasignación de predio de dominio público a favor del MININTER-PNP para la construcción de la Comisaría de Chuquitanta-ACUERDO-Nº 012-2022-MDSMP

Fecha de disposición31 Marzo 2022
Fecha de publicación11 Mayo 2022

Aprueban reasignación de predio de dominio público a favor del MININTER-PNP para la construcción de la Comisaría de Chuquitanta

ACUERDO DE CONCEJO

Nº 012-2022-MDSMP

San Martín de Porres, 31 de marzo de 2022.

EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MARTíN DE PORRES

VISTO:

En Sesión Ordinaria del Concejo de fecha 31 de marzo de 2022, con el quórum reglamentario de los señores regidores, Informe Nº 247-2022-SGCyCU-GDU/MDSMP Memorándum Nº 069-2022-GDU-MDSMP de la Gerencia de Desarrollo Urbano, Informe Nº 001,003,005-2022-PCTA-MDSMP del Presidente de la Comisión Técnica Administrativa, Informe Nº 171-2022-GAJ/MDSMP de la Gerencia de Asesoría Jurídica, Memorándum Nº 979-2022-GM/MDSMP, de la Gerencia Municipal, respecto a la Reasignación de Administración del Predio ubicado en la Mz F Lote 1 del Programa de Vivienda Las Palmas II Etapa - Ex Fundo Chuquitanta del Distrito de San Martín de Porres, a favor del MININTER-PNP para la Construcción de la Comisaría de Chuquitanta; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por Ley Nº 30305, establece que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local, que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; lo que concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, sostiene que la Autonomía Municipal radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que “Los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción”; lo cual se traduce en que las Municipalidades como instituciones públicas representan a toda la comunidad y en el diseño de sus estrategias, procuran la satisfacción de las necesidades básicas del conjunto de la población o de un sector determinado, a fin de elevar y mejorar la calidad y condiciones de vida de la misma;

Que, de conformidad con lo establecido en el Artículo 56º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, son bienes de las municipalidades, entre otros, los bienes adquiridos sostenidos por la Municipalidad, los legados o donaciones instituidos en su favor así como todos los demás que adquiera;

Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 055-2019-MDSMP se aprobó la Donación de Predio a favor del Ministerio del Interior - Policía...

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