RESOLUCION, Nº 00968-2022, ORGANOS AUTONOMOS, SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES - Autorizan a ciudadana extranjera para actuar como Representante en el Perú de CaixaBank, S.A.-RESOLUCION-Nº 00968-2022

Fecha de disposición25 Marzo 2022
Fecha de publicación03 Mayo 2022

Autorizan a ciudadana extranjera para actuar como Representante en el Perú de CaixaBank, S.A.

RESOLUCIÓN SBS Nº 00968-2022

Lima, 25 de marzo de 2022

La Superintendenta de Banca, Seguros y

Administradoras Privadas de Fondos de

Pensiones

VISTA:

La solicitud presentada por CaixaBank, S.A. para que esta Superintendencia autorice a la señora Ana Milena Cardona Mejia para actuar como su representante en el Perú, en reemplazo de la señora Caterina Escrig Yherla; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Resolución SBS Nº 4857-2016 del 07.09.2016, se autorizó a la señora Caterina Escrig Yherla para actuar como Representante en el Perú de CaixaBank S.A.;

Que, mediante la carta recibida el 01.06.2021, CaixaBank, S.A. solicitó a esta Superintendencia autorizar a la señora Ana Milena Cardona Mejia, de nacionalidad colombiana e identificada con pasaporte Nº PE120521, para actuar como su representante en el Perú, en reemplazo de la señora Caterina Escrig Yherla;

Que, en el marco de lo establecido en el artículo 43 de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702 y sus modificatorias (en adelante, Ley General) y en los artículos 33 y 34 del Reglamento de autorización de empresas y representantes de los Sistemas Financiero y de Seguros, aprobado por la Resolución SBS Nº 211-2021; y de conformidad con los requisitos exigidos en el procedimiento Nº 6 del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de esta Superintendencia, aprobado por la Resolución SBS Nº 1678-2018 y sus modificatorias, se ha verificado que la referida empresa bancaria del exterior no establecida en el país ha cumplido con presentar la documentación allí indicada, la cual se encontró conforme tras la evaluación efectuada;

Contando con el visto bueno de las Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfinanzas, y de Asesoría Jurídica;

RESUELVE:

Artículo Primero Dejar sin efecto la Resolución SBS Nº...

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