ORDENANZA, Nº 446-MDPH, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE PUNTA HERMOSA - Declaran de interés local la protección y conservación de los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación ubicados en el ámbito del distrito de Punta Hermosa.-ORDENANZA-Nº 446-MDPH

Fecha de disposición30 Abril 2022
Fecha de publicación30 Abril 2022

Declaran de interés local la protección y conservación de los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación ubicados en el ámbito del distrito de Punta Hermosa.

ORDENANZA Nº 446-MDPH

Punta Hermosa, 16 de marzo de 2022

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE PUNTA

HERMOSA

POR CUANTO:

EL CONCEJO MUNICIPAL DE PUNTA HERMOSA;

VISTO:

En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 16 de marzo de 2022, El Informe Nº 016-2022-GDUCT-MDPH de fecha 14 de marzo del 2022, emitido por la Gerencia de Desarrollo Urbano y Control Territorial y el Informe Nº 21-2022-OAJ/MDPH de fecha 14 de marzo del 2022, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica de la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad al Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificada por la Ley Nº 30305, Los Gobiernos Locales tienen de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; lo que es concordante con lo establecido en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, “Ley Orgánica de Municipalidades”, que señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Asimismo, el numeral 6) del Artículo 195º de nuestra Carta Magna, modificada por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional, dispone que los Gobiernos Locales son competentes para: “Planificar el desarrollo urbano y rural de sus circunscripciones...

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