RESOLUCION JEFATURAL, Nº 0116-2022-ANA, PODER EJECUTIVO - Aprueban modificación del Manual de Operaciones del Proyecto: “Gestión Integrada de los Recursos Hídricos en Diez Cuencas - PGIRH”-RESOLUCION JEFATURAL-Nº 0116-2022-ANA

Fecha de disposición18 Abril 2022
Fecha de publicación27 Abril 2022

Aprueban modificación del Manual de Operaciones del Proyecto: “Gestión Integrada de los Recursos Hídricos en Diez Cuencas - PGIRH”

RESOLUCIÓN JEFATURAL

Nº 0116-2022-ANA

San Isidro, 18 de abril de 2022

VISTOS:

Los Oficios Nºs. 572-2020-ANA-MGRH/DE y 0175-2022-ANA-MGRH, de fechas 18 de diciembre de 2020 y 31 de marzo de 2021, respectivamente, de la Unidad Ejecutora 002: Modernización de la Gestión de los Recursos Hídricos; el Memorando Nº 011-2021-ANA-OPP/UPM, de fecha 06 de enero de 2021, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Legal Nº 0304-2022-ANA-OAJ, de fecha 08 de abril de 2022, de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante el numeral 1.1 del artículo 1º del Decreto Supremo Nº 233-2017-EF, se aprobó la operación de endeudamiento externo a ser acordada entre la República del Perú y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento – BIRF, hasta por la suma de US$ 40 000 000,00 (Cuarenta millones y 00/100 dólares americanos), destinada a financiar parcialmente el Proyecto: “Gestión Integrada de los Recursos Hídricos en Diez Cuencas”, (en adelante, PGIRH);

Que, el artículo 3º del acotado Decreto Supremo establece que el Ministerio de Agricultura y Riego, actualmente denominado Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, en concordancia con los artículos 2 y 13 de la Ley Nº 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, a través de la Autoridad Nacional del Agua, es la Unidad Ejecutora del PGIRH;

Que, con fecha 25 de setiembre de 2017 se suscribió el Contrato de Préstamo Nº 8740-PE entre la República del Perú y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento – BIRF, en el cual se establecen los términos y condiciones para la ejecución del préstamo suscrito en el marco del Decreto Supremo Nº 233-2017-EF;

Que, el literal D) de la Sección Primera del Anexo 2 del mencionado Contrato de Préstamo, señala que la Autoridad Nacional del Agua, a través de su Unidad Ejecutora, administrará el PGIRH, conforme a las disposiciones de un Manual de Operaciones satisfactorio para el Banco que incluirá, entre otros, la estructura organizativa del PGIRH;

Que, por Resolución Ministerial Nº 0455-2017-MINAGRI, de fecha 10 de noviembre de 2017, se creó el Consejo Directivo del PGIRH, como órgano de mayor nivel del PGIRH; y, con Resoluciones Jefaturales Nº 084-2018-ANA, Nº 165-2019-ANA, de fecha 28 de febrero de...

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