RESOLUCION ADMINISTRATIVA, Nº 000450-2021-CE-PJ, PODER JUDICIAL, CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL - Prorrogan apertura de turno del Juzgado Civil Transitorio de la Provincia de Cutervo, Corte Superior de Justicia de Lambayeque; disponen medidas administrativas en las Cortes Superiores de Justicia de Arequipa y Huaura, y dictan diversas disposiciones-RESOLUCION ADMINISTRATIVA-Nº 000450-2021-CE-PJ

Fecha de disposición30 Diciembre 2021
Fecha de publicación27 Enero 2022
MateriaDerecho Público y Administrativo

Prorrogan apertura de turno del Juzgado Civil Transitorio de la Provincia de Cutervo, Corte Superior de Justicia de Lambayeque; disponen medidas administrativas en las Cortes Superiores de Justicia de Arequipa y Huaura, y dictan diversas disposiciones

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA

N° 000450-2021-CE-PJ

Lima, 30 de diciembre de 2021

VISTO:

El Oficio N° 000031-2021-P-CNPJ-CE-PJ cursado por el Presidente de la Comisión Nacional de Productividad Judicial, adjuntando el Informe N° 000099-2021-OPJ-CNPJ-CE-PJ del Jefe de la Oficina de Productividad Judicial, que contiene propuestas para el funcionamiento de órganos jurisdiccionales transitorios a cargo de la Comisión Nacional de Productividad Judicial.

CONSIDERANDO:

Primero. Que, mediante el artículo primero de la Resolución Administrativa N° 137-2020-CE-PJ de fecha 7 de mayo de 2020, se aprobó la propuesta denominada “Facilidad de Acceso a Información Pública y Virtual de los Procesos Judiciales”, disponiendo lo siguiente:

  1. Todas las resoluciones judiciales, sin excepción, cualquiera sea la especialidad o materia, serán notificadas en las respectivas casillas electrónicas, sin perjuicio de la forma que expresamente señale la ley.

  2. Es obligatorio el uso del Sistema de Notificaciones Electrónicas-SINOE; así como la Agenda Judicial Electrónica, bajo responsabilidad.

  3. Es obligatorio el inmediato descargo de los actos procesales de todas las actuaciones judiciales en el Sistema Integrado Judicial-SIJ, bajo responsabilidad.

    Segundo. Que, el artículo tercero de la Resolución Administrativa N° 191-2020-CE-PJ de fecha 16 de julio de 2020, dispuso que los Presidentes/as de las Cortes Superiores de Justicia del país dicten las medidas pertinentes, para que los jueces de las Salas Superiores, Juzgados Especializados y Mixtos y de Paz Letrados; así como Administradores/as de Módulos, procedan a imprimir los escritos y demandas que se tramitarán como expedientes físicos, para la continuación de su trámite, bajo responsabilidad.

    Tercero. Que, teniendo en cuenta el escenario que se viene presentando en relación a la paulatina reactivación económica de muchas actividades; así como por el avance de la vacunación programada de la población contra el COVID-19, de manera preliminar, la meta ajustada para el período de enero a octubre de 2021 será el 97% de la meta anual calculada de acuerdo a los criterios aprobados mediante Resolución Administrativa N° 395-2020-CE-PJ, por lo que el avance ideal al mes de octubre del presente año será el 83% de la referida meta ajustada.

    Cuarto. Que, mediante Oficio N° 000031-2021-P-CNPJ-CE-PJ, que adjunta el Informe N° 00099-2021-OPJ-CNPJ-CE-PJ del jefe de la Oficina de Productividad Judicial, el Presidente de la Comisión Nacional de Productividad Judicial elevó a este órgano de gobierno las propuestas relacionadas al funcionamiento de órganos jurisdiccionales permanentes y transitorios a cargo de la referida comisión nacional, informando lo siguiente:

  4. Mediante el artículo noveno de la Resolución Administrativa N° 345-2021-CE-PJ de fecha 20 de octubre de 2021, se dispuso la apertura de turno del Juzgado Civil Transitorio de Cutervo hasta el 31 de diciembre de 2021; observándose que al mes de octubre de 2021 este juzgado transitorio resolvió 324 expedientes de una carga procesal de 418, obteniendo un avance de meta del 103%, quedándole una carga pendiente de tan solo 74 expedientes, por lo que al haberse prorrogado su funcionamiento hasta el 31 de marzo de 2022, conforme a lo establecido en la Resolución Administrativa N° 429-2021-CE-PJ, se considera conveniente prorrogar su apertura de turno por el mismo período. De otro lado, se observa que el Juzgado Civil Permanente de Cutervo resolvió durante el mismo período 216 expedientes de una carga procesal de 604, obteniendo un avance de meta del 44%, cifra que fue mucho menor al avance ideal del 83% que debió registrar al mes de octubre del presente año, siendo preciso señalar que debido al bajo nivel resolutivo de este juzgado permanente se dispuso mediante el inciso a) del artículo décimo de la Resolución Administrativa N° 275-2021-CE-PJ de fecha 27 de agosto de 2021, que la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Lambayeque informase al Presidente de la Comisión Nacional de Productividad Judicial, en un plazo no mayor de treinta días calendario, sobre las razones del bajo nivel resolutivo de este órgano jurisdiccional; informe que a la fecha no se ha recibido.

  5. Mediante Oficio N° 01277-2021-P-CSJAR-PJ, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Arequipa ha solicitado abrir turno al Juzgado de Trabajo Transitorio de Descarga de Arequipa, en razón a que al mes de setiembre de 2021 dicho juzgado transitorio, que tramita con turno cerrado los procesos de la Nueva Ley Procesal del Trabajo (NLPT) en apoyo del 1º, 2º, 7º, 8º y 9º Juzgados de Trabajo Permanentes, contaba con una carga procesal pendiente de 199 expedientes, los cuales pueden ser resueltos en tres meses; observándose que al mes de octubre de 2021 este juzgado transitorio cuenta con una carga pendiente de 154 expedientes, y considerando que mediante Resolución Administrativa Nº 389-2021-CE-PJ se dispuso su prórroga de funcionamiento hasta el 30 de abril de 2022, resulta evidente que no cuenta con carga suficiente para llevar a cabo la labor de descarga por la que ha sido asignado; razón por la cual se recomienda que, por excepción, el 1°, 2° , 7° y 9° Juzgados de Trabajo Permanentes de Arequipa, le redistribuyan 150 expedientes en etapa de trámite que no estén expeditos para sentenciar.

  6. El 1° y 2° Juzgados Civiles de Huaura registran al mes de octubre de 2021 un ingreso total de 425 expedientes en la subespecialidad contencioso administrativo laboral y previsional (PCALP), habiendo resuelto un total de 209 expedientes, por lo que la carga pendiente total de dicha subespecialidad se ha incrementado a 276 expedientes; mientras que el Juzgado de Trabajo Transitorio solo tiene 72 expedientes de carga pendiente en dicha subespecialidad laboral, es recomendable que abra turno para recibir nuevos ingresos y se cierre el turno de los juzgados civiles permanentes para dicha subespecialidad laboral; por lo que se recomienda que cada juzgado civil permanente le redistribuya 300 expedientes que no estén expeditos para sentenciar.

  7. Mediante Oficio N° 000497-2021-P-CSJLI-PJ, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima ha propuesto que el 1° y 2° Juzgados de Paz Letrados Permanentes del Distrito de San Miguel, cierren turno por un plazo de tres meses y que durante dicho período el Juzgado de Paz Letrado Transitorio del mismo distrito tenga turno abierto; observándose que al mes de octubre de 2021, el Juzgado de Paz Letrado Transitorio del Distrito de San Miguel resolvió 573 expedientes de una carga procesal de 1,274 expedientes, obteniendo un avance de meta del 60%, el cual fue menor al avance ideal del 83% que debió registrar al mes de octubre del presente año, quedándole una carga pendiente de 698 expedientes; mientras que durante el mismo período el 1° y 2° Juzgados de Paz Letrados Permanentes del Distrito de San Miguel resolvieron en promedio 951 expedientes de una carga...

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