ORDENANZA, Nº 315-MDL, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO CHOSICA - Ordenanza que aprueba los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, requisitos y derechos de tramitación contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad-ORDENANZA-Nº 315-MDL
Fecha de disposición | 26 Enero 2022 |
Fecha de publicación | 26 Enero 2022 |
Materia | Derecho Público y Administrativo |
Ordenanza que aprueba los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, requisitos y derechos de tramitación contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad
ORDENANZA N° 315-MDL
Lurigancho, 11 de noviembre de 2021
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE LURIGANCHO
POR CUANTO:
EL CONCEJO DISTRITAL DE LURIGANCHO, en la Sesión Extraordinaria de la fecha, y;
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE LURIGANCHO.-
VISTO: En Sesión de Concejo Extraordinaria de fecha 11 de Noviembre de 2021, el Dictamen N° 013-2021-CAJEyR-MDL de la Comisión de Asuntos Jurídicos, Economía y Rentas, el Memorándum N° 877-2021/GM-MDL de la Gerencia Municipal, el Informe N° 425-2021-MDL-GAJ, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 103-2021-MDL/GPP, de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y documentos conexos, sobre el Proyecto de Ordenanza que aprueba los Procedimientos Administrativos y Servicios Prestados en Exclusividad respecto a las Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones, Licencia de funcionamiento, Licencias de Edificación, Licencias de Habilitaciones Urbanas y otros, que incluye el derecho de trámite de conformidad con la normativa vigente de la Municipalidad Distrital de Lurigancho, y;
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 (en adelante la LOM) establece que, los Gobiernos Locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico; le corresponde al Concejo Municipal la función normativa que se ejerce a través de Ordenanzas, las mismas que tienen rango de Ley, conforme al Artículo 200° inciso 4) de la Carta Fundamental;
Que, el Numeral 8) del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades señala que, corresponde al Concejo Municipal aprobar modificar o derogar las Ordenanzas; asimismo, el Artículo 40º de la misma norma prescribe la formalidad que debe revestir la potestad legislativa de las municipalidades distritales al emitir Ordenanzas en materia tributaria, disponiendo que éstas sean ratificadas por Municipalidades Provinciales de su circunscripción para su entrada en vigencia, procedimiento que para el caso de la Municipalidad Metropolitana de Lima se encuentra regulado por la Ordenanza N° 2085;
Que, el Numeral 40.1 del Artículo 40º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado con Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, dispone que los procedimientos administrativos, y requisitos deben establecerse, exclusivamente en el caso de los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza Municipal, procedimientos que deben ser compendiados y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA);
Que, a través del Decreto Supremo Nº 064-2010-PCM, concordante con la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 003-2010-PCM-SGP, se establece la metodología de determinación de costos de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad comprendidos en los Textos Únicos de Procedimientos Administrativos de las entidades públicas;
Que, el proyecto de Ordenanza y su Anexo propuesto, actualiza los procedimientos Administrativos y Servicios Prestados en Exclusividad, contemplados en las Ordenanzas Nº 159-MDLCH, con respecto a las normas vigentes aplicables;
Que, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto con Informe N° 103-2021/MDL-GPP de fecha 09 de setiembre de 2021, sustenta la necesidad de aprobar los Procedimientos Administrativos y Servicios Prestados en exclusividad que incluye sus requisitos y derechos de trámite que se encuentran contenidos en el Anexo de la Ordenanza de la Municipalidad, otorgando la conformidad al Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA al haberse desarrollado en base a los lineamientos y normatividad vigente; que la materialización de la aprobación del TUPA se formaliza mediante Ordenanza Municipal para cuyo efecto debe derivarse a la Comisión de Asuntos Jurídicos, Economía y Rentas según lo establecido en el Informe Nº 425-2021-MDL-GAJ, de fecha 20 de agosto del 2021, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, seguidamente la Gerencia Municipal a través del Memorándum N° 877-2021/GM-MDL de fecha 13 de setiembre del 2021 remite el Expediente de aprobación del TUPA, la Comisión de Asuntos Jurídicos, Economía y Rentas emite Dictamen Favorable para la aprobación del proyecto de Ordenanza que aprueba los procedimiento administrativos, servicios prestados en exclusividad, requisitos y derechos de tramitación, y otros contenidos en el TUPA, cumpliendo de esta forma con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 043-2021-PCM y demás...
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