ORDENANZA, Nº 305-2021/MDP, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE PUCUSANA - Establecen Tasa por Estacionamiento Vehicular Temporal en las Playas del distrito de Pucusana durante la temporada de verano 2022-ORDENANZA-Nº 305-2021/MDP

Fecha de disposición30 Noviembre 2021
Fecha de publicación20 Enero 2022
MateriaDerecho Público y Administrativo

Establecen Tasa por Estacionamiento Vehicular Temporal en las Playas del distrito de Pucusana durante la temporada de verano 2022

ORDENANZA MUNICIPAL

Nº 305-2021/MDP

Pucusana, 30 de noviembre de 2021

LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUCUSANA

POR CUANTO:

EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE PUCUSANA;

VISTO: en Sesión Ordinaria de Concejo Virtual de la fecha, el Informe Nº 517-2021/GSCYGA/MDP de fecha 15 de noviembre de 2021 de la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental, Informe Nº 0161-2021-SGFT-GAT/MDP de fecha 17 de noviembre de 2021 de la Sub Gerencia de Fiscalización Tributaria, Memorándum Nº 521-202/GAT/MDP de fecha 18 de noviembre de 2021 de la Gerencia de Administración Tributaria, Memorándum Nº 522-202/GAT/MDP de fecha 18 de noviembre de 2021 de la Gerencia de Administración Tributaria, Informe Nº 452-2021-SGRH-GAF/MDP de fecha 19 de noviembre de 2021 de la Sub Gerencia de Recursos Humanos, Informe Nº 1555-2021/SGLYCP/GAF/MDP de fecha 19 de noviembre de 2021 de la Sub Gerencia de Logística y Control Patrimonial, Informe Nº 334-2021-GAT/MDP de fecha 19 de noviembre de 2021 de la Gerencia de Administración Tributaria, Resolución de Gerencia Municipal Nº 039-2021-GM/MDP de fecha 19 de noviembre de 2021 de la Gerencia Municipal, Memorando Nº 527-2021-GAT/MDP de fecha 24 de noviembre de 2021 de la Gerencia de Administración Tributaria, Informe Nº 162-2021-SGFT-GAT/MDP de fecha 24 de noviembre de 2021 de la Sub Gerencia de Fiscalización Tributaria, Informe Nº 340-2021-GAT/MDP de fecha 24 de noviembre de 2021 de la Gerencia de Administración Tributaria, Memorando Nº 967-2021-GM/MDP de fecha 24 de noviembre de 2021 de la Gerencia Municipal, Informe Nº 027-2021-GPP-MDP de fecha 25 de noviembre de 2021 de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Memorándum Nº 256-2021-GSCFyC/MDP de fecha 25 de noviembre de 2021 de la Gerencia de Seguridad Ciudadana, Fiscalización y Control, Informe Nº 531-2021-GAT/MDP de fecha 26 de noviembre de 2021 de la Gerencia de Administración Tributaria, Informe Legal Nº 306-2021-GAJ/MDP de fecha 26 de noviembre de 2021 de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Memorando Nº 976-2021-GM/MDP de fecha 26 de noviembre de 2021 de la Gerencia Municipal, Informe Nº 343-2021-GAT/MDP de fecha 29 de noviembre de 2021 de la Gerencia de Administración Tributaria; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, establece que las Municipalidades son órgano de Gobierno Local que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico vigente, de conformidad con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

Que, el artículo 74º y el numeral 4) del artículo 195º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo 60º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por el Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, y la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, establece la potestad tributaria de los Gobiernos Locales para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, derecho y licencias, o exonerar de éstas, dentro de su jurisdicción y dentro de los límites que señala la Ley.

Que, dicha definición guarda concordancia con lo establecido en la Norma II del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, en cuanto califica a la tasa como el tributo cuya obligación tiene como hecho generador la prestación efectiva por el estado de un servicio público individualizado en el contribuyente, así como el uso o aprovechamiento de bienes
públicos.

Que, mediante Ordenanza Nº 739-MML de la Municipalidad Metropolitana de Lima, se establece el marco jurídico de la Tasa de Estacionamiento Vehicular Temporal en la Provincia de Lima, norma legal que establece aspectos legales, técnicos y administrativos que deben observar las Municipalidades Distritales de la Provincia de Lima, para la determinación de la Tasa de Estacionamiento Vehicular en su respectiva jurisdicción.

Que, la Sexta Disposición Final de la Ordenanza Nº 2386-2021-MML modifica el artículo 28º de la Ordenanza Nº 739-MML, señalando que las ordenanzas municipales que regulan el estacionamiento de playas son de periodicidad anual.

Que, mediante Resolución de Gerencia Nº D000021-2021-MML-GSCGA de fecha 04 de noviembre de 2021, la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental de la Municipalidad Metropolitana de Lima, resuelve declarar la HABILITACIÓN de la playa del litoral de la provincia de Lima denominada “NAPLO”, ubicada en el distrito de Pucusana, al reunir las condiciones de calidad ambiental, higiene y salubridad, vías de acceso y un núcleo de servicios necesarios para permitir su uso por las personas durante la temporada de verano 2022.

Que, mediante Resolución Jefatural Nº 001-004-00004288 publicado con fecha 18 de mayo del 2019, se aprueba la Directiva que establece criterios y metodología para la estimación de ingresos y determinación de la tasa a cobrar por el servicio de estacionamiento vehicular temporal aplicados a las municipalidades distritales de la provincia de Lima.

Que, en virtud de lo expuesto y lo establecido en la Sexta Disposición Final de la Ordenanza Nº 2386-2021-MML, Ordenanza que aprueba que el Procedimiento de Ratificación de Ordenanzas Distritales en el ámbito de la Municipalidad Metropolitana de Lima, resulta necesario emitir la Ordenanza que apruebe la Tasa por Estacionamiento Vehicular en las Playas del Distrito de Pucusana para el ejercicio 2022.

Que, el artículo 4º de la precitada Ordenanza, establece el cronograma para la presentación de solicitudes de ratificación de Ordenanzas sobre Estacionamiento Vehicular Temporal en Playas del Litoral, señalando que “La presentación de la solicitud de ratificación deberá efectuarse ante el SAT a fin de que emita opinión técnica y legal, “d) Hasta el último día hábil del mes de noviembre del año”.

Que, mediante Informe Nº 517-2021/GSCYGA/MDP de fecha 15 de noviembre de 2021, la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental remite a la Gerencia de Administración Tributaria la Resolución de Gerencia Nº D000021-2021-MML-GSCGA de fecha 04 de noviembre de 2021, en el cual, la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental de la Municipalidad Metropolitana de Lima, resuelve declarar la HABILITACIÓN de la playa del litoral de la Provincia de Lima denominada “NAPLO”, ubicada en el Distrito de Pucusana, con una vigencia de un (01) año.

Que, mediante Informe Nº 0161-2021-SGFT-GAT/MDP de fecha 17 de noviembre de 2021, la Sub Gerencia de Fiscalización Tributaria teniendo en consideración la Resolución de Gerencia Nº D000021-2021-MML-GSCGA el cual, resuelve declarar la HABILITACIÓN de la playa denominada “NAPLO”, manifiesta a la Gerencia de Administración Tributaria que, con el fin de cumplir con la prestación del Servicio de Estacionamiento Vehicular Temporal en las Playas del Distrito de Pucusana para el año 2022, en el cual, se han establecido un total de 107 estacionamientos se requiere lo siguientes recursos para la labor operativa: 11 Cobradores y 01 Supervisor, a cada uno se le dotará de 02 polos, pantalón, gorro y chaleco para su correcta prestación. 2,562 talonarios (con 100 tickets cada uno), cantidad determinada en función a la cantidad de espacios usados efectivamente en el periodo por cada 30 minutos (256, 158). Mantenimiento de los espacios habilitados para el servicio, a todo costo: pintado, señalización, mano de obra y materiales.

Que, mediante Memorándum Nº 521-202/GAT/MDP de fecha 18 de noviembre de 2021, la Gerencia de Administración Tributaria teniendo en cuenta en toda su extensión lo vertido por la Sub Gerencia de Fiscalización Tributaria solicita a la Sub Gerencia de Logística y Control Patrimonial la determinación de los costos del servicio de estacionamiento vehicular temporal en las zonas de Playa – Temporada 2022, el mismo que detalla a continuación: 1 costo de servicio de impresión de tickets para el cobro de la tasa por estacionamiento vehicular temporal en zonas de playa en el distrito de Pucusana o similares. 2. Costos de servicios de mantenimiento de las zonas de estacionamiento de la Playa Naplo. 3. Costo unitario de lo siguiente materiales: Polo: 26 unidades, pantalón: 13 unidades, gorro: 13 unidades, chaleco: 13 unidades, papel bond 5 millar, lapicero 60 unidades, cuaderno 6 unidad.

Que, mediante Memorándum Nº 522-202/GAT/MDP de fecha 18 de noviembre de 2021, la Gerencia de Administración Tributaria solicita a la Sub Gerencia de Recursos Humanos, remitir la proyección anual para el ejercicio 2022 de los costos del personal...

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