RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 007-2022/MINSA, PODER EJECUTIVO, SALUD - Aprueban 'Directiva Administrativa que establece disposiciones para la solicitud de recursos estratégicos en salud y el uso de los recursos destinados a su adquisición y distribución, a favor de afiliados al seguro integral de salud en el marco del aseguramiento universal en salud', y su Anexo N° 01-RESOLUCION MINISTERIAL-Nº 007-2022/MINSA
Fecha de disposición | 11 Enero 2022 |
Fecha de publicación | 18 Enero 2022 |
Materia | Derecho Público y Administrativo |
Aprueban “Directiva Administrativa que establece disposiciones para la solicitud de recursos estratégicos en salud y el uso de los recursos destinados a su adquisición y distribución, a favor de afiliados al seguro integral de salud en el marco del aseguramiento universal en salud”, y su Anexo N° 01
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 007-2022/MINSA
Lima, 11 de enero del 2022
Vistos, los Expedientes Nos. 21-153704-002, 21-153704-004 y 21-153704-005, que contienen los Informes N° 004-2022-OPPM-CENARES/MINSA y N° 007-2022-OPPM-CENARES/MINSA emitidos por el Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud- CENARES; el Proveído N° 0023-2022-OGPPM-OP-OPEE/MINSA recaído en el Informe N° 018-2022-OP-OPEE-OGPPM/MINSA y el Proveído N° 0031-2022-OGPPM-OOM/MINSA recaído en el Informe N° 004-2022-OOM-OGPPM/MINSA, emitidos por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, el Informe N° 017-2022-OGAJ/MINSA emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que, el Título Preliminar de la Ley N° 26842, Ley General de Salud, establece que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo; que la protección de la salud es de interés público y por tanto es responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla; que es de interés público la provisión de servicios de salud, cualquiera sea la persona o institución que los provea, siendo responsabilidad del Estado promover las condiciones que garanticen una adecuada cobertura de prestaciones de salud a la población, en términos socialmente aceptables de seguridad, oportunidad y calidad;
Que, de acuerdo a lo dispuesto en los literales b) y h) del artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1161, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modificado por la Única Disposición Complementaria Modificatoria del Decreto Legislativo N° 1504, son funciones rectoras del Ministerio de Salud el formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial de promoción de la salud, vigilancia, prevención y control de las enfermedades, recuperación, rehabilitación en salud, tecnologías en salud y buenas prácticas en salud, bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; y, el dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de la política nacional y políticas sectoriales de salud, la gestión de...
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