RESOLUCION ADMINISTRATIVA, N° 000629-2021-P-CSJMD-PJ, PODER JUDICIAL, CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA - Designan responsable de actualizar el Portal de Transparencia Estándar y responsable de Acceso a la Información Pública de la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios-RESOLUCION ADMINISTRATIVA-N° 000629-2021-P-CSJMD-PJ

Fecha de disposición12 Enero 2022
Fecha de publicación12 Enero 2022
SecciónSección Única

Designan responsable de actualizar el Portal de Transparencia Estándar y responsable de Acceso a la Información Pública de la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios

Presidencia de la Corte Superior de Justicia

de Madre de Dios

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA

Nº 000629-2021-P-CSJMD-PJ

Tambopata, 14 de octubre del 2021

VISTA la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que fuera modificada por la Ley Nº 27927, el Decreto Supremo Nº 021-2019-JUS que aprueba el Texto Único Ordenado (T.U.O.) de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, la Resolución Administrativa Nº 000735-2019-PCSJMD-PJ, expedida por la Presidencia de esta Corte Superior de Justicia, y la Resolución Administrativa Nº 000452-2019-P-PJ, expedida por la Corte Suprema de Justicia de la República,

Y, CONSIDERANDO:

Primero: En sesión de Sala Plena de fecha 03 de diciembre del 2020, se eligió al señor Juez Superior Titular Marino Gabriel Cusimayta Barreto, como Presidente de la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios para el periodo 2021-2022, proclamado mediante Resolución de Sala Plena Nº 11-2020-SPCSJMD-PJ.

El Presidente de Corte Superior de Justicia es la máxima autoridad administrativa del Distrito Judicial a su cargo y dirige la política interna del mismo, con el objeto de brindar un eficiente servicio de administración de justicia en beneficio de los justiciables.

Segundo: Mediante Ley Nº27806 se aprobó la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la cual promueve la transparencia de los actos del Estado y regula el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú; asimismo, mediante Ley Nº27927, se modifica e incorpora varios artículos a la Ley Nº27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

Tercero: La última parte del Artículo 3º del Texto único Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº...

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