RESOLUCION MINISTERIAL, N° 011-2022-MTC/01, PODER EJECUTIVO, TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - Delegan facultades al Secretario General del Ministerio y al Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, referentes a modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático, para el año fiscal 2022-RESOLUCION MINISTERIAL-N° 011-2022-MTC/01
Fecha de publicación | 11 Enero 2022 |
Fecha de disposición | 11 Enero 2022 |
Delegan facultades al Secretario General del Ministerio y al Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, referentes a modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático, para el año
fiscal 2022
Resolución Ministerial
N° 011-2022-MTC/01
Lima, 10 de enero de 2022
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, se definen las funciones generales y la estructura orgánica de los Ministerios, estableciendo en el último párrafo del artículo 25, que los Ministros de Estado pueden delegar, en los funcionasrios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función, siempre que la normatividad lo autorice;
Que, el numeral 10.4 del artículo 10 de la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, establece que el ministro ejerce las funciones que le asignan la Constitución Política del Perú y las demás leyes; puede delegar, en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas de su función;
Que, el numeral 7.2 del artículo 7 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que el Titular de la Entidad puede delegar sus funciones en materia presupuestaria cuando lo establezca expresamente el presente Decreto Legislativo, las Leyes Anuales de Presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la Entidad, siendo el Titular responsable solidario con el delegado;
Que, el numeral 40.2 del artículo 40 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, en concordancia con lo dispuesto en la Novena Disposición Complementaria Final y la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo N° 1440, prescribe que las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la Oficina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad; pudiendo el Titular delegar dicha facultad mediante disposición expresa, que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano;
Que, con la finalidad de optimizar el uso de los recursos asignados al...
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