ACUERDO, Nº 473, GOBIERNOS LOCALES - Aprueban transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República para la contratación y pago de sociedad auditora que realizará la auditoría financiera gubernamental del periodo 2020, del Programa de Gobierno Regional de Lima Metropolitana-ACUERDO-Nº 473

Fecha de disposición24 Diciembre 2021
Fecha de publicación24 Diciembre 2021

Aprueban transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República para la contratación y pago de sociedad auditora que realizará la auditoría financiera gubernamental del periodo 2020, del Programa de Gobierno Regional de Lima Metropolitana

ACUERDO DE CONCEJO N° 473

Lima, 20 de diciembre de 2021

EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA

POR CUANTO:

El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión Ordinaria de la fecha;

VISTO:

El Oficio Nº 000575-2021-CG/GAD de la Gerencia de Administración de la Contraloría General de la República, el Oficio N° 1006-2021/PGRLM-GR del Gerente Regional del Programa de Gobierno Regional de Lima Metropolitana y el Informe N° D000961-2021-MML-GAJ de la Gerencia de Asuntos Jurídicos de la Municipalidad Metropolitana de Lima, y;

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 198 de la Constitución Política del Perú, establece que la Capital de la República no integra ninguna región. Tiene régimen especial en las leyes de descentralización y en la Ley Orgánica de Municipalidades. La Municipalidad metropolitana de Lima ejerce sus competencias dentro del ámbito de la provincia de Lima;

Que, el Artículo 65 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales señala que, la capital de la República no integra ninguna región. En la provincia de Lima las competencias y funciones reconocidas al Gobierno Regional son transferidas a la Municipalidad Metropolitana de Lima, la cual posee autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia regional y municipal. Toda mención contenida en la legislación nacional que haga referencia a los gobiernos regionales, se entiende también hecha a la Municipalidad Metropolitana de Lima, en lo que le resulte aplicable

Que, el Artículo 66 de la Ley N° 27867, indica respecto de la Estructura orgánica Básica del Régimen Especial de Lima Metropolitana: a) El Concejo Metropolitano de Lima, al que corresponden las competencias y funciones del Consejo Regional, como órgano normativo y fiscalizador y las que norme la Ley Orgánica de Municipalidades. Está integrado por el Alcalde Metropolitano y los Regidores elegidos conforme a la legislación electoral correspondiente, que deberá incorporar un criterio descentralista de elección. b) La Alcaldía Metropolitana de Lima, a la que corresponden las competencias y funciones de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR