RESOLUCION ADMINISTRATIVA, Nº 000410-2021-CE-PJ, PODER JUDICIAL, CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL - Disponen medidas administrativas en diversas Cortes Superiores de Justicia-RESOLUCION ADMINISTRATIVA-Nº 000410-2021-CE-PJ

Fecha de disposición10 Diciembre 2021
Fecha de publicación11 Diciembre 2021

Disponen medidas administrativas en diversas Cortes Superiores de Justicia

Consejo Ejecutivo

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA

Nº 000410-2021-CE-PJ

Lima, 10 de diciembre del 2021

VISTOS:

El Oficio Nº 000698-2021-ST-UETI-CPP-PJ, cursado por el Secretario Técnico de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal; así como el Informe Nº 000121-2021-MYE-ST-UETI-CPP-PJ, elaborado por el Componente de Monitoreo y Evaluación de la mencionada Unidad.

CONSIDERANDO:

Primero. Que, a la fecha existen órganos jurisdiccionales transitorios en las Cortes Superiores de Justicia de Ancash, Arequipa, Callao, Cañete, Cusco, Huánuco, Huaura, Ica, Junín, Lambayeque, Lima Norte, Loreto, Piura, San Martín, Del Santa, Sullana, Tumbes, Ucayali, Puno y Puente Piedra-Ventanilla; cuyas prórrogas se dispusieron conforme a la Resolución Administrativa Nº 000395-2021-CE-PJ, para la adecuada implementación del Código Procesal Penal en los mencionados Distritos Judiciales.

Segundo. Que, la vigencia de funcionamiento de los órganos jurisdiccionales transitorios no solo se subsume en la sobrecarga que presenten los órganos jurisdiccionales permanentes en una determinada Corte Superior, sino también se proyecta en base al nivel resolutivo que tengan el primero de los mencionados; por lo cual, el análisis de la producción de los órganos jurisdiccionales se realizará en atención a las Resoluciones Administrativas Nº 174-2014-CE-PJ, Nº 395-2020-CE-PJ y Nº 166-2021-CE-PJ, para los otros casos su evaluación se rige en base al análisis histórico de producción, cuyo fin principal es medir objetivamente a cada órgano jurisdiccional de acuerdo a los procesos que tramitan.

Tercero. Que, al respecto, la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal remite a este Órgano de Gobierno el Informe...

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