DECRETO DE ALCALDIA, Nº 016-2021-MSB-A, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA - Dejan sin efecto el Decreto de Alcaldía N° 009-2015-MSB-A, que aprobó el Manual de Organización y Funciones - MOF de la Municipalidad-DECRETO DE ALCALDIA-Nº 016-2021-MSB-A

Fecha de publicación06 Diciembre 2021
Fecha de disposición29 Noviembre 2021

Dejan sin efecto el Decreto de Alcaldía N° 009-2015-MSB-A, que aprobó el Manual de Organización y Funciones - MOF de la Municipalidad

DECRETO DE ALCALDÍA

Nº 016-2021-MSB-A

San Borja, 29 de noviembre de 2021

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN BORJA

VISTO, el Informe N° 169-2021-MSB-GM-OCH de la Oficina de Capital Humano de fecha 25 de noviembre de 2021, el Informe N° 512-2021-MSB-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica de fecha 26 de noviembre de 2021, el Memorándum N° 1046-2021-MSB-GM de la Gerencia Municipal de fecha 29 de noviembre de 2021; y,

CONSIDERANDO:

Que, los gobiernos locales gozan de la autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía reconocida en la Constitución Política del Perú y en la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, mediante Informe N° 169-2021-MSB-GM-OCH de fecha 25 de noviembre de 2021, la Oficina de Capital Humano señala que, con Decreto de Alcaldía N° 009-2015-MSB-A de fecha 10 de setiembre de 2015, se aprobó el Manual de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de San Borja, instrumento que se formuló en base a los “Lineamientos para la formulación y aprobación del Manual de Organización y Funciones” aprobado por Resolución Jefatural N° 095-95-INAP/DNR; sin embargo, precisa que, no se tuvo en cuenta que mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 161-2013-SERVIR/GDSRH de fecha 27 de setiembre de 2013, se aprobó la Directiva N° 001-2013-SERVIR/GDSRH – “Formulación del Manual de Perfiles de Puestos (MPP)”, la cual dispone en su Artículo Tercero que: “La Directiva N° 001-2013-SERVIR/GDSRH, aprobada en el artículo primero de la presente Resolución, entrará en vigencia a partir del 2 de enero del 2014 (…)”: del mismo modo, su Artículo Cuarto señala que: “Disponer que a la entrada en vigencia de la Directiva Nº 001-2013-SERVIR/GDSRH, la Resolución Jefatural Nº 095-95-INAP/DNR y la Directiva Nº 001-95-INAP/DNR quedan sin efecto”; por lo...

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