RESOLUCION SUPREMA, N° 204-2021-IN, PODER EJECUTIVO, INTERIOR - Ascienden al grado de General de Armas a Coroneles de Armas de la Policía Nacional del Perú-RESOLUCION SUPREMA-N° 204-2021-IN

Fecha de disposición19 Noviembre 2021
Fecha de publicación20 Noviembre 2021
SecciónSección Única

RESOLUCIÓN SUPREMA

N° 204-2021-IN

Lima, 19 de noviembre de 2021

VISTO, el Acta de Propuesta de fecha 15 noviembre 2021, formulado por la Junta Selectora del Proceso de Ascenso por selección al grado de General de la Policía Nacional del Perú del año 2021 - Promoción 2022;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 172º de la Constitución Política del Perú, establece que los ascensos se confieren de conformidad con la ley y que es el Presidente de la República el que otorga los ascensos de los Generales de la Policía Nacional del Perú, según propuesta del Instituto;

Que, el artículo 1° del Título Preliminar de la Ley N° 29158 Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que las autoridades, funcionarios y servidores del Poder Ejecutivo están sometidos a la Constitución Política, a las leyes y a las demás normas del ordenamiento jurídico. Desarrollan sus funciones dentro de las facultades que les estén conferidas;

Que, el numeral 4) del artículo 13 del Decreto Legislativo Nº 1148 - Ley de la Policía Nacional del Perú, establece que el personal policial tiene derecho al ascenso, de acuerdo a la Ley de la Carrera y de Situación del Personal de la Policía Nacional del Perú;

Que, el numeral 2) del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1149 - Ley de la Carrera y Situación del Personal de la Policía Nacional del Perú concordante con lo dispuesto en el artículo 59 de su reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 016-2013-IN, establecen que el ascenso tiene por finalidad promover al personal al grado inmediato superior, en consideración a sus capacidades, conocimientos, habilidades y aptitudes, así como por la evaluación objetiva de sus méritos y deméritos registrados durante la carrera;

Que, el artículo 57 del Decreto Legislativo Nº 1149 - Ley de la Carrera y Situación del Personal de la Policía Nacional del Perú, establece que el ascenso por selección se otorga con fecha 1 de enero del año siguiente al del proceso. Se acredita con el despacho otorgado a nombre de la Nación, mediante Resolución Suprema, para Oficiales Generales de Armas...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR