RESOLUCION ADMINISTRATIVA, Nº 000367-2021-CE-PJ, PODER JUDICIAL, CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL - Disponen que el horario de trabajo presencial diario en dos turnos, mañana y tarde, establecido en el artículo segundo de la Res. Adm. N° 000351-2021-CE-PJ, por razones de aforo, solo comprende al personal jurisdiccional y administrativo-RESOLUCION ADMINISTRATIVA-Nº 000367-2021-CE-PJ
Fecha de disposición | 08 Noviembre 2021 |
Fecha de publicación | 10 Noviembre 2021 |
Disponen que el horario de trabajo presencial diario en dos turnos, mañana y tarde, establecido en el artículo segundo de la Res. Adm. N° 000351-2021-CE-PJ, por razones de aforo, solo comprende al personal jurisdiccional y administrativo
consejo ejecutivo
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
N° 000367-2021-CE-PJ
Lima, 8 de noviembre del 2021
VISTA:
La Resolución Administrativa N° 000351-2021-CE-PJ, emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.
CONSIDERANDO:
Primero. Que, por Decreto Supremo N° 008-2020-SA se declaró la emergencia sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa días calendario, dictándose medidas de prevención y control a fin de evitar la propagación del COVID-19, la cual fue prorrogada sucesivamente por los Decretos Supremos Nros. 020-2020-SA, 027-2020-SA, 031-2020-SA y 009-2021-SA; posteriormente, mediante Decreto Supremo N° 025-2021-SA se extendió dicha medida a partir del 3 de setiembre de 2021, por el plazo de ciento ochenta días calendario.
Segundo. Que, con la finalidad de mantener las labores en el Poder Judicial, mediante Resolución Administrativa N° 000351-2021-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, entre otras medidas, prorrogó hasta el 30 de noviembre de 2021 la vigencia del Protocolo denominado “Medidas de reactivación de los órganos jurisdiccionales y administrativos del Poder Judicial, posterior al levantamiento del aislamiento social obligatorio establecido por el Decreto Supremo N° 044-2020-PCM y prorrogado por los Decretos Supremos Nros. 051 y 064-2020-PCM”, aprobado mediante Resolución Administrativa N° 000129-2020-CE-PJ, y modificado por Resolución Administrativa N° 000146-2020-CE-PJ. Asimismo, se establecieron diversas medidas administrativas para el funcionamiento de los órganos jurisdiccionales y administrativos durante dicho periodo.
Tercero. Que, en ese contexto, en aras de continuar brindando un adecuado servicio de administración de justicia a la ciudadanía; este Órgano de Gobierno considera necesario precisar la Resolución Administrativa N° 000351-2021-CE-PJ, a fin de establecer que el trabajo presencial en forma diaria es obligatorio; además, que la división de dos turnos es solo aplicable al...
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