ORDENANZA, Nº 382/MLV, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA - Ordenanza que aprueba el Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas -RASA- y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones -CUIS- de la Municipalidad de La Victoria-ORDENANZA-Nº 382/MLV

Fecha de disposición29 Octubre 2021
Fecha de publicación29 Octubre 2021

Ordenanza que aprueba el Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas -RASA- y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones -CUIS- de la Municipalidad de La Victoria

ORDENANZA N°382/MLV

La Victoria, 11 de octubre de 2021

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA

VICTORIA

POR CUANTO:

EL CONCEJO MUNICIPAL, en sesión ordinaria virtual del 29 de septiembre de 2021.

VISTO: el Dictamen Conjunto de las Comisiones de Planificación, Presupuesto y Asuntos Legales; y de Administración, Finanzas, Tecnologías de la Información Telecomunicaciones y Fiscalización y Control; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 194º otorga autonomía a las Municipalidades, la que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico, lo que es concordante con lo establecido con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, en concordancia con la autonomía política que gozan las municipalidades, el mismo precepto constitucional que ha otorgado expresamente al Concejo Municipal la función normativa la función normativa en los asuntos de su competencia; por su parte la Ley N°27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en su artículo 40° establece que las normas municipales son de carácter obligatorio, siendo la Ordenanza la de mayor jerarquía en la estructura normativa, por medio de las cuales se regulan las materias en las que la municipalidad entre competencias;

Que, el Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, contiene normas comunes para las actuaciones de la función administrativa del Estado y, regula todos los procedimientos administrativos desarrollados en las entidades;

Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo II del Título Preliminar del TUO de la LPAG, todos los procedimientos administrativos desarrollados en las entidades, incluyendo los procedimientos especiales, deben ceñirse a las normas comunes contempladas en dicha Ley; cuando se regulen los procedimientos especiales no podránimponerse condiciones menos favorables a los administrados previstas en el TUO de la LPAG;

Que, con Informe N°159-2021-GPP/MLV la Gerencia de Planificación y Presupuesto hace suyo el Informe N°254-2021-SGPYM-GPP/MLV de la Subgerencia de Planificación y Modernización donde propone la Ordenanza que aprueba el Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas –RASA-, y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones –CUIS- de la Municipalidad de La Victoria, el cual contiene toda la documentación anexa, que incluye informe técnico; asimismo, señalan que el presente proyecto se enmarca al Plan Estratégico Institucional 2018-2024;

Que, mediante el Informe N°352-2021-GAJ/MLV la Gerencia de Asesoría Jurídica opina de manera favorable respecto a la aprobación de la Ordenanza que aprueba el Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas –RASA-, y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones –CUIS-, de la Municipalidad de La Victoria, siendo reformulada dentro del marco normativo vigente y tiene por objeto regular el ejercicio de la actividad de fiscalización y el procedimiento administrativo sancionador; así como el dictado de las medidas provisionales y/o complementarias, para el cumplimiento de las obligaciones y prohibiciones de carácter administrativo en el marco de la función fiscalizadora y sancionadora de nuestra entidad;

Estando a los fundamentos expuestos, y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículos 9° y 40 de la Ley N°27972, Ley Orgánica de Municipalidades, contando con el voto por unanimidad de los señores regidores asistentes a la sesión ordinaria virtual de concejo del 29 de septiembre de 2021; y contando con la dispensa de la lectura y aprobación del acta; se aprobó lo siguiente:

ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGIMEN DE APLICACIÓN DE SANCIONES ADMINISTRATIVAS -RASA- Y EL CUADRO ÚNICO DE INFRACCIONES Y SANCIONES –CUIS- DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA

TÍTULO PRELIMINAR Artículos 1 a 4
Artículo I Potestad Sancionadora de la Municipalidad de La Victoria

La potestad sancionadora de la Municipalidad de La Victoria se encuentra regulada por la Ley Orgánica de MunicipalidadesLey 27972 y Texto Único Ordenado de la Ley N.º 27444 aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS.

Artículo II Principios de la Potestad Sancionadora y del Procedimiento Administrativo Sancionador

El ejercicio de la potestad sancionadora y el procedimiento administrativo sancionador de la Municipalidad de La Victoria se rige por los principios establecidos en el artículo 248º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS y la Ordenanza Nº 984-MML o la que haga sus veces, que regula el Sistema Metropolitano de Fiscalización y Control de la Municipalidad Metropolitana de Lima.

Sin perjuicio de lo señalado también se aplicarán al procedimiento sancionador los principios del procedimiento administrativo, regulados en el Artículo IV del TUO de la Ley Nº 27444.

Artículo III Finalidad.

El Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas tiene por finalidad establecer las disposiciones generales orientadas a estructurar el procedimiento sancionador, garantizando al ciudadano la correcta aplicación de sanciones administrativas ante el incumplimiento de las disposiciones legales de competencia municipal.

Artículo IV Sujetos de fiscalización.

Son sujetos pasibles de fiscalización, control y sanción municipal las personas naturales o jurídicas que cometan infracción dentro del ámbito de la jurisdicción de la Municipalidad de La Victoria, y en general todos aquellos que por mandato de las disposiciones municipales deban cumplir determinadas conductas o abstenerse de realizar éstas.

Las personas jurídicas, son responsables por el incumplimiento de las disposiciones municipales, aun cuando la infracción haya sido realizada por una persona natural con la cual mantenga algún tipo de vinculación laboral.

Por la naturaleza personalísima de las sanciones, éstas no son transmisible a los herederos o legatarios del infractor. En caso de producirse el deceso de este último, la administración debe proceder a dar de baja la multa y suspender cualquier otra sanción impuesta, en el estado que se encuentre, bajo responsabilidad funcional, sin perjuicio de iniciar un nuevo procedimiento administrativo sancionador y la eventual imposición de sanciones a nombre de los herederos o legatarios, en caso de mantenerse la conducta contraria a las disposiciones municipales administrativas.

TITULO I

DEL RÉGIMEN DE APLICACIÓN DE SANCIONES ADMINISTRATIVAS

CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 70
Artículo 1º Objeto.

La presente Ordenanza tiene como objeto regular el procedimiento sancionador mediante el régimen de aplicación de sanciones para la fiscalización y verificación del cumplimiento de obligaciones de carácter administrativo que se encuentren establecidas en normas municipales y otros dispositivos legales de alcance nacional; siendo la finalidad, lograr el cambio voluntario y adecuación de las conductas que puedan tipificarse como infracciones a las disposiciones municipales administrativas.

El Régimen de Aplicaciones de Sanciones, es un instrumento normativo que establece las reglas que permiten al administrado conocer las normas aplicables a los procedimientos sancionadores y evitar la continuación de conductas infractoras, haciendo posible convivencia pacífica y el bienestar de los vecinos está constituido por el procedimiento de fiscalización y control del cumplimiento de las disposiciones administrativas de la Municipalidad Distrital.

Mediante el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones, se establecen las conductas que son consideradas infracciones administrativas dentro del distrito, la gradualidad, la sanción y la medida que le corresponde.

Artículo 2º Ámbito de aplicación.

El ámbito de aplicación del presente régimen se circunscribe a la jurisdicción del Distrito de La Victoria, siendo su cumplimiento de carácter imperativo para todas las personas naturales, jurídicas cualquiera fuere la forma que adopten los mismos aun si su domicilio fiscal se ubica fuera del distrito de la Victoria, e instituciones privadas y públicas.

Artículo 3° Tipificación de conductas y sanciones aplicables

La tipificación de infracciones y las sanciones, tiene como marco normativo las competencias y funciones específicas, exclusivas y compartidas otorgadas a la Municipalidades distritales por la Constitución Política del Perú del estado, la Ley de Bases de la Descentralización, la Ley orgánica de Municipalidades, así como en las disposiciones específicas que así lo determinen en concordancia con las normas emitidas por el Gobierno Nacional que sean aplicables.

La aprobación de obligaciones y prohibiciones corresponde al Concejo Distrital, dicha prerrogativa se ejerce en armonía con las competencias y funciones especiales de la Municipalidad de La Victoria, siendo además competente para establecer las medidas a ser impuestas a los infractores de estas.

Artículo 4°

Competencias.

Son competentes para la aplicación de la presente norma las siguientes instancias:

4.1. Gerencia de Seguridad Ciudadana, Fiscalización y Control y Gestión del Riesgo de Desastre.-Es el órgano de línea que supervisa las acciones de la Subgerencia de Fiscalización y Control, Subgerencia de Seguridad Ciudadana y Subgerencia de Gestión de Riesgo de Desastres; resuelve en última instancia los recursos de apelación y agota la vía administrativa.

4.2. Gerencia de Tránsito y Transporte y Seguridad...

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