RESOLUCION JEFATURAL, N° 240-2021-INEI, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS, INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA - Índices Unificados de Precios de la Construcción para las seis Áreas Geográficas, correspondientes al mes de setiembre de 2021-RESOLUCION JEFATURAL-N° 240-2021-INEI
Fecha de publicación | 21 Octubre 2021 |
Fecha de disposición | 20 Octubre 2021 |
Materia | Derecho Público y Administrativo |
Índices Unificados de Precios de la Construcción para las seis Áreas Geográficas, correspondientes al mes de setiembre de 2021
resolución jefatural
n° 240-2021-inei
Lima, 20 de octubre de 2021
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a lo dispuesto en la Novena Disposición Complementaria y Transitoria del Decreto Ley 25862, de 18.11.92, se declara en desactivación y disolución al Consejo de Reajuste de Precios de la Construcción;
Que, asimismo la Undécima Disposición Complementaria y Transitoria del referido Decreto Ley, dispone transferir al Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) las funciones de elaboración de los Índices de los elementos que determinen el costo de las Obras;
Que, la Dirección Técnica de Indicadores Económicos ha elaborado el Informe Nº 02-09-2021/DTIE, referido a los Índices Unificados de Precios de la Construcción para las Áreas Geográficas 1, 2, 3, 4, 5 y 6, correspondientes al mes de Setiembre de 2021 y que cuenta con la conformidad de la Comisión Técnica para la Aprobación de los Índices Unificados de Precios de la Construcción, por lo que resulta necesario expedir la Resolución Jefatural correspondiente, así como disponer su publicación en el Diario Oficial El Peruano, y;
Con las visaciones de la Sub Jefatura de Estadística; de la Dirección Técnica de Indicadores Económicos y de la Oficina Técnica de Asesoría Jurídica; y,
En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6 del Decreto Legislativo Nº 604, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática.
SE RESUELVE:
Aprobar los Índices Unificados de Precios de la Construcción (Base: julio 1992 = 100,0) para las seis (6) Áreas Geográficas correspondientes al mes de Setiembre de 2021, que se indican en el cuadro siguiente:
Á R E A S G E O G R Á F I C A S | |||||||||||||
Cód. | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | Cód. | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 |
01 | 1208.30 | 1208.30 | 1208.30 | 1208.30 | 1208.30 | 1208.30 | 02 | 821.15 | 821.15 | 821.15 | 821.15 | 821.15 | 821.15 |
03 | 818.31 | 818.31 | 818.31 | 818.31 | 818.31 | 818.31 | 04 | 641.56 | 1056.17 | 1189.34 | 610.50 | 358.11 | 808.80 |
05 | 488.61 | 243.22 | 455.97 | 605.94 | (*) | 675.73 | 06 | 1582.54 | 1582.54 | 1582.54 | 1582.54 | 1582.54 | 1582.54 |
07 | 1064.67 | 1064.67 | 1064.67 | 1064.67 | 1064.67 | 1064.67 | 08 |
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