ORDENANZA, Nº 012-2021-MDLP, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE LA PERLA - Ordenanza Municipal para la regularización de edificaciones del procedimiento para la licencia de edificación conformidad de obra y declaratoria de edificación en el distrito de La Perla-ORDENANZA-Nº 012-2021-MDLP

Fecha de publicación09 Octubre 2021
Fecha de disposición24 Septiembre 2021

Ordenanza Municipal para la regularización de edificaciones del procedimiento para la licencia de edificación conformidad de obra y declaratoria de edificación en el distrito de La Perla

ORDENANZA Nº 012-2021-MDLP

La Perla, 24 de setiembre de 2021

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE

LA PERLA

POR CUANTO:

EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE LA

PERLA.

VISTO:

En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 24 de setiembre de 2021, el Dictamen Nº 002-2021 presentado por la Comisión Ordinaria de Servicios Técnicos sobre el “Proyecto de Ordenanza Municipal para la Regularización de Edificaciones del Procedimiento para la Licencia de Edificación, Conformidad de Obra y Declaratoria de Edificación en el Distrito de La Perla”, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por el artículo único de la Ley Nº 30305, establece que las municipalidades son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades- Ley Nº 27972, y que dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el inciso 6) del artículo 195º de la Constitución Política del Perú señala que los gobiernos locales son competentes para planificar el desarrollo urbano y rural de sus circunscripciones, incluyendo la zonificación, urbanismo y el acondicionamiento territorial; asimismo, el articulo IX del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, señala: “El proceso de planeación local es integral, permanente y participativo, articulando a las municipalidades con sus vecinos, En dicho proceso se establecen las políticas públicas de nivel local, teniendo en cuenta las competencias y funciones específicas exclusivas y compartidas establecidas para las municipalidades provinciales y distritales (….);

Que, dentro del Artículo 79º de la Ley 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece la organización del espacio físico y uso del suelo, otorgando funciones exclusivas de las municipalidades distritales, la de normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos, licencias y realizar la fiscalización de construcciones, remodelaciones o demoliciones de inmuebles y Declaratorias de Fabrica y demás funciones específicas establecidas de acuerdo a los planes y normas sobre materia;

Que, la presente norma tiene como finalidad que los propietarios de edificaciones ubicadas en el Distrito de La Perla, que hayan ejecutado obras de ampliación, modificación y remodelación (culminadas y/o con casco habitable), o demolición, sin la respectiva licencia de edificación, Conformidad de Obra y Declaratoria de Edificación desde 18 de setiembre 2018 a la fecha de la publicación dela presente ordenanza, podrán ser regularizadas con el respectivo pago de derecho de trámite y de una multa administrativa;

Que, en este contexto, dentro de las políticas establecidas en la presente administración Municipal, se encuentra la de otorgar a los vecinos del distrito de La Perla, las más amplias facilidades para que puedan cumplir con regularizar sus edificaciones, a fin de obtener el saneamiento físico legal de sus predios; por lo tanto, es necesario generar una norma de carácter temporal que permita iniciar el saneamiento físico de las construcciones realizadas, las cuales no contaban con la debida autorización y así fomentar su revalorización y poder conseguir el saneamiento de la mayor cantidad de predios posibles, lo que también conllevará a la tranquilidad de los vecinos del distrito;

Conforme al Texto Único Ordenado de la Ley Nº 29090-Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de edificaciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2017-Vivienda, en su artículo 30 estipula que aquellas habilitaciones urbanas y edificaciones que hayan sido ejecutadas sin la respectiva Licencia, modificado por Decreto Legislativo Nº 1426 del 16-09-2018, pueden ser regularizadas conforme al procedimiento establecido en el Decreto Supremo Nº 029-2019-VIVIENDA-Reglamento de Licencia de Habilitación Urbana y Licencia de Edificación (edificaciones ejecutadas desde 01-01-17 hasta 17-09-2018);

Que, mediante los informes técnicos respectivos de la Subgerencia de Obras Privadas y Catastro, Gerencia de Desarrollo Urbano, Subgerencia de Planeamiento y Gerencia de Planificación y Presupuesto, Subgerencia de Fiscalización Tributaria, Gerencia de Administración Tributaria y Rentas sustentado y ampliado legalmente con el informe legal de la Gerencia de Asesoría Jurídica y con opinión favorable de Gerencia Municipal es donde se remite los actuados a Secretaria General, solicitando elevar los actuados a Concejo Municipal para los fines pertinentes;

Que, mediante Carta Nº 044-2021-SG-MDLP de Secretaria General de fecha 27 de agosto de 2021, remite la documentación para su revisión a la Comisión Ordinaria de Servicios Sociales;

Que, mediante el Dictamen Nº 002-2021 de la Comisión Ordinaria de Servicios Técnicos, aprueba por UNANIMIDAD y declara viable el expediente del “Proyecto de Ordenanza Municipal para la Regularización de Edificaciones del Procedimiento para la Licencia de Edificación Conformidad de Obra y Declaratoria de Edificación en el Distrito de La Perla”, amparado en los documentos señalados en el párrafo anterior;

Que, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con el VOTO UNÁNIME de sus miembros y con dispensa de la aprobación y lectura del Acta, el Pleno del Concejo Municipal ha aprobado la siguiente:

ORDENANZA MUNICIPAL PARA LA REGULARIZACIÓN DE EDIFICACIONES

DEL PROCEDIMIENTO PARA LA LICENCIA

DE EDIFICACIÓN CONFORMIDAD DE OBRA

Y DECLARATORIA DE EDIFICACIÓN EN

EL DISTRITO DE LA PERLA

TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 16
Artículo 1º Objeto y Finalidad

Tiene como objetivo establecer disposiciones específicas, para través de un solo procedimiento obtener la Licencia de edificación en vía de regularización. Aprobar el procedimiento de otorgamiento de Licencia de Edificaciones en vía de Regularización de obras que han sido ejecutadas sin autorización desde el 18 de setiembre 2018 hasta la fecha de publicación de la presente Ordenanza así como la respectiva Conformidad de Obra y Declaratoria de Edificación sin variaciones, cuya finalidad es permitir a los vecinos del distrito el saneamiento físico, técnico y legal de la edificación, la revalorización de los predios así como el ordenamiento territorial y desarrollo urbano del Distrito.

Artículo 2º Ámbito de Aplicación.

Su aplicación será dentro de la jurisdicción del distrito de la Perla, para toda edificación y/o construcción que haya sido ejecutada sin la correspondiente Licencia de Edificación. No podrán acogerse a, la presente ordenanza las edificaciones ubicadas en las zonas de alto riesgo calificado por la Subgerencia de Gestión de riesgo de Desastres, ni a los que se encuentren judicializados y los que hayan obtenido autorización por la Ley de silencio administrativo.

Artículo 3º Vigencia.

La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario oficial “El Peruano” El plazo para acogerse al beneficio de Otorgamiento de Licencia de Edificación en Vía de Regularización, vence indefectiblemente el 31 de diciembre del 2022.

Artículo 4º Condiciones para acogerse a la presente Ordenanza.

4.1- Podrán acogerse a los beneficios establecidos en la presente norma, todas las personas naturales o jurídicas que acrediten la propiedad de la edificación como: copia simple de título de propiedad, de ser el caso vigencia de poder u Original o Copia Literal de Ficha o Partida Registral del inmueble expedida por el Registro de Predios de la Superintendencia Nacional de Registros Públicos-SUNARP, copia de minutas o escrituras públicas de transferencia, tanto de el o los propietarios actuales del predio como de el o los propietarios que lo transfieran, o cualquier otro documento que acredita el derecho de propiedad sobre el inmueble materia de trámite. Asimismo, en caso que el trámite sea iniciado a través de representante Legal o apoderado, este debe acreditar su condición y facultades ante esta corporación, ubicadas en la jurisdicción del Distrito de La Perla, hayan ejecutado obras de ampliación, modificación y remodelación (culminadas y/o con casco habitable), o de demolición (total o parcial), sin Licencia...

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