DECRETO SUPREMO, Nº 154-2021-PCM, PODER EJECUTIVO, PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS - Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia declarado en las provincias de Putumayo y Mariscal Ramón Castilla del departamento de Loreto-DECRETO SUPREMO-Nº 154-2021-PCM

Fecha de disposición18 Septiembre 2021
Fecha de publicación18 Septiembre 2021
MateriaDerecho Público y Administrativo

Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia declarado en las provincias de Putumayo y Mariscal Ramón Castilla del departamento de Loreto

DECRETO SUPREMO

Nº 154-2021-PCM

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 44 de la Constitución Política del Perú prevé que son deberes primordiales del Estado garantizar la plena vigencia de los derechos humanos, proteger a la población de las amenazas contra su seguridad y promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nación;

Que, el artículo 137 de la Carta Magna establece que el Presidente de la República, con acuerdo del Consejo de Ministros, puede decretar, por plazo determinado, en todo el territorio nacional, o en parte de él, y dando cuenta al Congreso o a la Comisión Permanente, los estados de excepción señalados en dicho artículo, entre los cuales se encuentra el Estado de Emergencia, en caso de perturbación de la paz o del orden interno, de catástrofe o de graves circunstancias que afecten la vida de la Nación, pudiendo restringirse o suspenderse el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad y la seguridad personales, la inviolabilidad de domicilio, y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 137-2020-PCM, publicado en el diario oficial “El Peruano” el 11 de agosto de 2020, se declara por el término de sesenta (60) días calendario, el Estado de Emergencia en las provincias de Putumayo y Mariscal Ramón Castilla del departamento de Loreto, disponiéndose que la Policía Nacional del Perú mantenga el control del orden interno, con el apoyo de las Fuerzas Armadas; el mismo que fue prorrogado por Decretos Supremos Nº 167-2020-PCM, Nº 190-2020-PCM, Nº 014-2021-PCM, Nº 065-2021-PCM, Nº 110-2021-PCM y Nº 137-2021-PCM, siendo que la última prórroga se dispuso por el término de sesenta (60) días calendario, a partir del 23 de julio de 2021;

Que, con Oficio Nº 713-2021-CG PNP/SEC, la Policía Nacional del Perú solicita al Ministro del Interior que se gestione la prórroga del Estado de Emergencia al que hace referencia el considerando precedente, con la finalidad de continuar combatiendo los actos contrarios al orden interno que afectan el normal desenvolvimiento de las actividades...

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