ACUERDO, N° 308, GOBIERNOS LOCALES - Ratifican cincuenta y nueve (59) derechos de trámite que corresponden a un total de cincuenta y siete (57) procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad , aprobados en la Ordenanza N° 644-MDJM de la Municipalidad Distrital de Jesús María-ACUERDO-N° 308

Fecha de publicación09 Septiembre 2021
Fecha de disposición09 Septiembre 2021

Ratifican cincuenta y nueve (59) derechos de trámite que corresponden a un total de cincuenta y siete (57) procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad , aprobados en la Ordenanza N° 644-MDJM de la Municipalidad Distrital de Jesús María

ACUERDO DE CONCEJO N° 308

Lima, 26 de agosto de 2021

EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA

POR CUANTO:

El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión Ordinaria de la fecha;

VISTO:

El Oficio N° D000167-2021-SAT-JEF del 4 de agosto de 2021 de la Jefatura del Servicio de Administración Tributaria de Lima (SAT), que remite el expediente de ratificación digital de la Ordenanza N° 644-MDJM, que aprueba los procedimientos administrativos, servicios prestados en exclusividad y derechos de trámite contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Jesús María, y;

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 194 de la Constitución Política del Perú en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 40 de la Ley N° 27972, las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser ratificadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción, para su vigencia y exigibilidad;

Que, en aplicación de lo normado por la Ordenanza N° 2085, que aprueba el procedimiento de ratificación de ordenanzas tributarias distritales en la provincia de Lima, la Municipalidad Distrital de Jesús María aprobó la Ordenanza N° 644-MDJM, objeto de la ratificación, remitiendo la misma acompañada del expediente de ratificación digitalizado, incluyendo sus respectivos informes y documentos sustentatorios, al Servicio de Administración Tributaria de Lima (SAT), con carácter de Declaración Jurada, sujetos a revisión por las entidades competentes, y el SAT en uso de sus competencias;

Que, a través del Informe N° D000071-2021-SAT-ART del 3 de agosto de 2021, el Área Funcional de Ratificaciones de la Gerencia de Asuntos Jurídicos del Servicio de Administración Tributaria de Lima (SAT) emite pronunciamiento favorable respecto de cincuenta y nueve (59) derechos de trámite correspondientes a cincuenta y siete (57) procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, cuyos costos únicamente han sido enviados y sustentados, listados en el Anexo A del presente Informe, aprobados en la Ordenanza N° 644-MDJM por la Municipalidad Distrital de Jesús María; luego de haberse verificado que su establecimiento se ha efectuado de conformidad con la normativa vigente en cuanto responde al costo que incurre la Municipalidad en la prestación del servicio;

Que, el mencionado Informe se sustenta en los requisitos exigidos y las normas aplicables contenidas en la Ordenanza N° 2085 de la Municipalidad Metropolitana de Lima; el Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y modificatorias, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, el Texto Único Ordenado (TUO) del Decreto Legislativo N° 776, Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo N° 156-2004-EF, el Decreto Supremo N° 064-2010-PCM, entre otros dispositivos legales, debiéndose efectuar la publicación del texto de la ordenanza distrital y el acuerdo ratificatorio que contiene los derechos de trámite de los procedimientos y servicios prestados en exclusividad, materia de la ratificación, en el Diario Oficial El Peruano. Adicionalmente, la Ordenanza y su Anexo que contiene los procedimientos administrativos, servicios prestados en exclusividad y derechos de trámite se publicarán en el Portal Web del Diario Oficial El Peruano, así como se difundirá en la Plataforma Digital Única para Orientación del Ciudadano del Estado Peruano y en el respectivo Portal Institucional, conforme lo dispuesto en los numerales 44.2 y 44.3 del Artículo 44 del TUO de la Ley N° 27444;

Que, al mismo tiempo, el citado Informe menciona que los ingresos que la Municipalidad Distrital de Jesús María prevé percibir como producto de la aplicación de los derechos de trámite por los procedimientos administrativos y/o servicios prestados en exclusividad listados en el Anexo A de dicho informe, financian el 96.35% aproximadamente de los costos considerados en su costeo (no se incluyen costos directos no identificables);

Estando a lo señalado en los considerandos que anteceden, en uso de las facultades previstas según los Artículos 9 y 41 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y de conformidad con lo opinado por el Servicio de Administración Tributaria de Lima (SAT) y por la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización, en su Dictamen N° 069-2021-MML/CMAEO del 13 de agosto de 2021; el Concejo Metropolitano de Lima, por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de aprobación del acta;

ACORDÓ:

Artículo 1

Ratificar cincuenta y nueve (59) derechos de trámite que corresponden a un total de cincuenta y siete (57) procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad cuyos costos únicamente han sido enviados y sustentados, listados en el Anexo A del Informe N° D000071-2021-SAT-ART, aprobados en la Ordenanza N° 644-MDJM por la Municipalidad Distrital de Jesús María; luego de haberse verificado que su establecimiento se ha efectuado de conformidad con...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR