LEY, Nº 31331, PODER LEGISLATIVO, CONGRESO DE LA REPUBLICA - Ley que modifica los artículos 2, 4, 5, 6, 7 y 8 de la Ley 29736, Ley de Reconversión Productiva Agropecuaria-LEY-Nº 31331
Fecha de disposición | 06 Agosto 2021 |
Fecha de publicación | 06 Agosto 2021 |
Materia | Derecho Procesal |
LEY Nº 31331
LA PRESIDENTA DEL CONGRESO
DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE MODIFICA LOS ARTÍCULOS 2, 4, 5, 6, 7 Y 8 DE LA LEY 29736, LEY DE RECONVERSIÓN PRODUCTIVA AGROPECUARIA
La presente ley tiene por objeto precisar los alcances de la Ley 29736, Ley de Reconversión Productiva Agropecuaria, respecto de las actividades productivas agropecuarias.
Modifícanse los artículos 2, 4, 5, 6, 7 y 8 de la Ley 29736, Ley de Reconversión Productiva Agropecuaria, quedando redactados en los siguientes términos:
Artículo 2. Definición y alcances de la reconversión productiva agropecuaria
La reconversión productiva agropecuaria es el cambio o transformación voluntaria hacia una producción agropecuaria diferente a la actual; busca innovar y agregar valor a la producción mediante la utilización de sistemas tecnológicos eficientes y adaptación al cambio climático en toda la cadena productiva.
Se aplica a través de programas y proyectos de reconversión productiva promovidos y ejecutados por el Estado, en los tres niveles de gobierno, y los productores agropecuarios, de acuerdo a las prioridades productivas aprobadas por el titular de cada nivel de gobierno responsable, conforme a ley.
Aquellas áreas otorgadas a través de contratos de cesión en uso para sistemas agroforestales en el marco de lo previsto en la Ley 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, pueden ser incorporadas a los alcances de la presente ley, siempre que la reconversión se realice con cultivos en sistemas agroforestales o plantaciones forestales.
Artículo 4. Órganos responsables
Son órganos responsables de la dirección y ejecución de los programas de reconversión productiva agropecuaria los siguientes:
a) En el nivel nacional, el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, a través del Programa de Compensaciones para la Competitividad, creado a través del Decreto Legislativo 1077, es el órgano encargado de la dirección y ejecución de los programas o proyectos de reconversión productiva agropecuaria a nivel nacional.
[…]
Artículo 5. Componentes
La reconversión productiva agropecuaria tiene los siguientes componentes:
I.-...
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