RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 226-2021-VIVIENDA, PODER EJECUTIVO, VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO - Modifican la R.M. Nº 356-2018-VIVIENDA mediante la cual se conformó el Comité de Gobierno Digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento-RESOLUCION MINISTERIAL-Nº 226-2021-VIVIENDA

Fecha de publicación28 Julio 2021
Fecha de disposición28 Julio 2021

Modifican la R.M. Nº 356-2018-VIVIENDA mediante la cual se conformó el Comité de Gobierno Digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 226- 2021-VIVIENDA

Lima, 27 de julio de 2021

VISTOS: El Acta Nº 001-2021-VIVIENDA-COMITÉ-CGD del Comité de Gobierno Digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; los Informes Nº 028-2021-VIVIENDA/OGEI y Nº 029-2021-VIVIENDA/OGEI de la Oficina General de Estadística e Informática; el Memorando Nº 910-2021-VIVIENDA-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, sustentado en el Informe Nº 207-2021-VIVIENDA/OGPP-OPM de la Oficina de Planeamiento y Modernización; el Informe Nº 535-2021-VIVIENDA/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, establece como finalidad del proceso de modernización de la gestión del Estado, la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos; con el objetivo de alcanzar, entre otros, un Estado al servicio de la ciudadanía y transparente en su gestión;

Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1412, se aprueba la Ley de Gobierno Digital, con el objeto de establecer el marco de gobernanza del gobierno digital para la adecuada gestión de la identidad digital, servicios digitales, arquitectura digital, interoperabilidad, seguridad digital y datos, así como el régimen jurídico aplicable al uso transversal de tecnologías digitales en la digitalización de procesos y prestación de servicios digitales por parte de las entidades de la Administración Pública en los tres niveles de gobierno; asimismo, a través del Decreto Supremo Nº 029-2021-PCM, se aprueba el Reglamento del citado Decreto Legislativo y establece disposiciones sobre las condiciones, requisitos y uso de las tecnologías y medios electrónicos en el procedimiento administrativo;

Que, el numeral 1.1 del artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 119-2018-PCM, modificada por la Resolución Ministerial Nº 087-2019-PCM, dispone que cada entidad de la Administración Pública debe constituir un Comité de Gobierno Digital, conformado como mínimo por: i) El/la titular de la entidad o su representante; ii) El/la líder de Gobierno Digital; iii) El/la responsable del área de informática o quien haga sus veces; iii) El/la responsable del área de recursos humanos o quien haga sus veces; iv) El/la responsable del área de atención al ciudadano o quien haga sus veces; iv) El/la Oficial de seguridad de la información; v) El/la responsable de área legal o quien haga sus veces; y vi) El/la responsable del área de planificación o quien haga sus veces;

Que, asimismo, el numeral 1.2 del artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 119-2018-PCM, modificada por la Resolución Ministerial Nº 087-2019-PCM, establece que...

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