DECRETO SUPREMO, N° 022-2021-MIMP, PODER EJECUTIVO, MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES - Decreto Supremo que aprueba la Estrategia Nacional de Prevención de la Violencia de Género contra las Mujeres “Mujeres libres de violencia”-DECRETO SUPREMO-N° 022-2021-MIMP

Fecha de disposición26 Julio 2021
Fecha de publicación26 Julio 2021
MateriaDerecho Público y Administrativo

Decreto Supremo que aprueba la Estrategia Nacional de Prevención de la Violencia de Género contra las Mujeres “Mujeres libres de violencia”

decreto supremo

N° 022-2021-MIMP

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 1 y el numeral 2 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú, establecen que la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y el Estado; reconociéndose el derecho de toda persona a la igualdad ante la ley, y que nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquiera otra índole;

Que, conforme se establece en el artículo 6, literal c) de la Ley Nº 28983, Ley de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres, el Poder Ejecutivo, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, en todos los sectores, adoptan políticas, planes y programas, integrando los principios de la referida Ley de manera transversal; por lo cual forma parte de sus lineamientos el desarrollar políticas, planes y programas para la prevención, atención y eliminación de la violencia en todas sus formas y en todos los espacios, en especial la ejercida contra las mujeres;

Que, el artículo 42 del TUO de la Ley N° 30364, Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar establece que la protección de las mujeres y de los integrantes del grupo familiar contra actos de violencia, es de interés público, siendo el Estado el responsable de promover la prevención contra dichos actos y la recuperación de las víctimas, así como que es política del Estado la creación de servicios de atención y prevención contra la violencia;

Que, teniendo presente que la violencia contra las mujeres constituye un grave problema público que vulnera su derecho al pleno desarrollo como seres humanos y su derecho a la igualdad, a través del Sistema Nacional para la Prevención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar se ha considerado imperativo reforzar las acciones de prevención de la violencia contra las mujeres, mediante la erradicación de sus causas, en todos los niveles del Estado y de la sociedad, con un enfoque integral, coordinado y articulado de trabajo;

Que, conforme se señala en la Política Nacional de Igualdad de Género, aprobada por Decreto Supremo N° 008-2019-MIMP, la discriminación estructural, en el marco de la igualdad de género, es el conjunto de prácticas reproducidas por patrones socioculturales instalados en las personas, las...

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