RESOLUCION, Nº 851-2021-MP-FN, ORGANOS AUTONOMOS, MINISTERIO PUBLICO - Disponen que los Despachos Fiscales que conforman las Fiscalías Provinciales Penales Corporativas del Distrito Fiscal de Lima Sur conozcan, en adición a sus funciones, las investigaciones y procesos relacionados con los delitos que afecten los bienes del patrimonio cultural y patrimonio paleontológico del Perú en el ámbito territorial del referido Distrito Fiscal-RESOLUCION-Nº 851-2021-MP-FN
Emisor | Organos Autonomos |
Fecha de la disposición | 11 de Junio de 2021 |
Disponen que los Despachos Fiscales que conforman las Fiscalías Provinciales Penales Corporativas del Distrito Fiscal de Lima Sur conozcan, en adición a sus funciones, las investigaciones y procesos relacionados con los delitos que afecten los bienes del patrimonio cultural y patrimonio paleontológico del Perú en el ámbito territorial del referido Distrito Fiscal
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN
Nº 851-2021-MP-FN
Lima, 11 de junio de 2021
VISTO:
El oficio N° 2909-2021-MP-FN-PJFSLIMA SUR, de fecha 03 de junio de 2021, emitido por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Sur; y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 619-2014-MP-FN, de 20 de febrero de 2014, se designó a la “(…) Fiscal Provincial de la Quincuagésima Tercera Fiscalía Provincial Penal de Lima como Fiscal Especializado en el conocimiento de las investigaciones y procesos relacionados con todos los delitos que afecten los Bienes del Patrimonio Cultural en el Distrito Judicial de Lima”.
Que, en el marco del proceso de implementación del Código Procesal Penal en el Distrito Fiscal de Lima, a través del artículo trigésimo tercero de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 737-2020-MP-FN, publicada el 02 de julio de 2020, se dispuso “convertir la Quincuagésima Tercera, Quincuagésima Cuarta, Quincuagésima Quinta y Quincuagésima Séptima Fiscalía Provincial Penal de Lima, en el 1º, 2º, 3º y 4º Despacho Provincial Penal de la Segunda Fiscalía Corporativa Penal de La Victoria-San Luis, respectivamente, con todo su personal fiscal y administrativo”.
Que, según la modificación del Calendario Oficial de Aplicación Progresiva del Código Procesal Penal, aprobada con el Decreto Supremo N° 005-2021-JUS, publicado el 29 de abril de 2021, el 31 de mayo de 2021 entró en vigencia el Código Procesal Penal en el Distrito Fiscal de Lima Sur;
Que, la Ley N° 31204, publicada el 29 de mayo de 2021, en su Segunda Disposición Complementaria dispone, entre otros, modificar el nombre del Título VIII, así como el de su Capítulo Único, en Delitos contra el Patrimonio Cultural y Patrimonio Paleontológico del Perú, y Delitos contra los Bienes Culturales y el Patrimonio Paleontológico del Perú, respectivamente.
Que, la Fiscal de la Nación como Titular del Ministerio Público, es responsable de dirigir, orientar y reformular la política institucional, debiendo adoptar las acciones...
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