RESOLUCION ADMINISTRATIVA, Nº 000116-2021-CE-PJ, PODER JUDICIAL, CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL - Establecen precisiones para la entrada en vigencia del Código Procesal Penal en los órganos jurisdiccionales de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, y dictan otras disposiciones-RESOLUCION ADMINISTRATIVA-Nº 000116-2021-CE-PJ

EmisorPoder Judicial
Fecha de la disposición22 de Abril de 2021

Establecen precisiones para la entrada en vigencia del Código Procesal Penal en los órganos jurisdiccionales de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, y dictan otras disposiciones

Consejo Ejecutivo

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA

N° 000116-2021-CE-PJ

Lima, 22 de abril del 2021

VISTO:

El Oficio N° 00097-2021-CR-UETI-CPP-PJ cursado por el señor Consejero Responsable de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal.

CONSIDERANDO

Primero. Que, mediante Resolución Administrativa N° 325-2017-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobó el Estatuto de la Sala Penal Nacional, en su artículo 2°, numeral 2.2, establece que, en lo pertinente, tiene la consideración y tratamiento legal, organizativo presupuestario y administrativo de una Corte Superior de Justicia, lo que constituyó la institucionalización de la Sala Penal Nacional; así como del Sistema Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios.

Segundo. Que, posteriormente, por Resolución Administrativa N° 318-2018-CE-PJ, entre otras medidas administrativas, se constituyó la Corte Superior de Justicia Especializada en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios, actualmente denominada Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, sobre la base de la fusión de la Sala Penal Nacional y del Sistema Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios, por ende, la citada Corte Superior no se encuentra considerada expresamente en el calendario oficial de implementación del Código Procesal Penal; no obstante, parte de su carga procesal comprende a delitos que se tramitan bajo las reglas del Código de Procedimientos Penales de 1940.

Tercero. Que, rige en la actualidad el Decreto Supremo N° 013-2020-JUS que modificó el calendario oficial de aplicación progresiva del Código Procesal Penal, por el cual se dispone que el citado ordenamiento procesal entrará en vigencia el 30 de abril de 2021 en el Distrito Judicial de Lima Sur, mientras que hará lo propio el 31 de mayo de 2021 en el Distrito Judicial de Lima.

Cuarto. Que, la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada tiene una naturaleza especial y diferenciada respecto a los demás distritos judiciales, y su reciente creación ha impedido que se calendarice en el programa de implementación del Código Procesal Penal; por tanto, estando cercanos a la implementación en los Distritos Judiciales de Lima Sur y Lima, la totalidad de las Cortes Superiores de Justicia que alimentan de procesos a la citada Corte Nacional estarían bajo los alcances de esta nueva ley procesal, por ende, todos los procesos que reciban deben estar adecuados a los procedimientos y alcances del Decreto Legislativo N° 957.

Quinto. Que, en estricto respeto al calendario de implementación vigente y en atención a que la sede de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada se...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR