RESOLUCION, N° 065-2021-SUNARP/SA, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS, SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS - Modifican el Reglamento del Tribunal Registral-RESOLUCION-N° 065-2021-SUNARP/SA

EmisorOrganismos Tecnicos Especializados
Fecha de la disposición16 de Abril de 2021

Modifican el Reglamento del Tribunal Registral

RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE LOS REGISTROS PÚBLICOS

N° 065-2021-SUNARP/SA

Lima, 16 de abril de 2021

VISTOS; el Oficio N° 121-2021-SUNARP-TR-PT, del 8 de marzo de 2021, del Presidente del Tribunal Registral; el Memorándum N° 330-2021-SUNARP-SNR/DTR, del 22 de marzo de 2021, de la Dirección Técnica Registral y el Informe N° 314-2021-SUNARP/OGAJ, de fecha 14 de abril de 2021, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución N° 065-2016-SUNARP/SN, del 09 de marzo de 2016, se aprueba el texto del Reglamento del Tribunal Registral, órgano de la Sunarp, con competencia nacional que conoce y resuelve en segunda y última instancia administrativa las apelaciones contra las observaciones, liquidaciones, denegatoria de expedición o aclaración de certificados, tachas y otras decisiones de los Registradores Públicos, Certificadores y Abogados Certificadores, en su caso, emitidas en el ámbito de su función registral;

Que, la citada Resolución N° 065-2016-SUNARP/SN es modificada por las Resoluciones N° 082-2016-SUNARP/SN, N° 111-2016- SUNARP/SN, N° 353-2016-SUNARP/SN, N° 273-2017-SUNARP/SN, N° 129- 2020-SUNARP/SN y N° 149- 2020-SUNARP/SN;

Que, mediante el Oficio N° 121-2021-SUNARP-TR-PT, el Presidente del Tribunal Registral remite a la Superintendencia Adjunta la propuesta de modificación y derogación de dispositivos del Reglamento del Tribunal Registral, la que fue remitida posteriormente a la Dirección Técnica Registral;

Que, a través del Memorándum N° 330-2021-SUNARP-SNR/DTR, la Dirección Técnica Registral expresa conformidad con el aspecto sustancial de la propuesta realizada por el Presidente del Tribunal Registral, acotando que, con el objeto de mejorarla, considera pertinente formular algunas precisiones en los textos propuestos, reformulando el texto relativo a la modificación de artículo 39; asimismo, manifiesta que, además de los artículos cuya derogación se ha propuesto, se identifican otras disposiciones vinculadas a la propuesta de modificación, lo que determina evaluar modificación o derogación de disposiciones, según corresponda;

Que, en ese sentido, la Dirección Técnica Registral ha propuesto la modificación y derogación de dispositivos del Reglamento del Tribunal Registral, con base al cuadro comparativo contenido en el Memorándum N° 330-2021-SUNARP-SNR/DTR;

Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 43 del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunarp, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2013-JUS, la Dirección Técnica Registral es el órgano de línea encargado de dirigir, evaluar y supervisar la función registral a nivel nacional; asimismo tiene a su cargo proponer las normas...

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