RESOLUCION, N° 000070-2021-SERVIR-PE, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS, AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL - Formalizan aprobación de la “Directiva N° 003-2021-SERVIR-GDSRH Elaboración del Cuadro de Puestos de la Entidad”-RESOLUCION-N° 000070-2021-SERVIR-PE

Fecha de disposición13 Abril 2021
Fecha de publicación14 Abril 2021
SecciónSección Única
MateriaDerecho Procesal

Formalizan aprobación de la “Directiva N° 003-2021-SERVIR-GDSRH Elaboración del Cuadro de Puestos de la Entidad”

RESOLUCION DE PRESIDENCIA EJECUTIVA

N° 000070-2021-SERVIR-PE

Lima, 13 de abril de 2021

VISTO: el Informe Técnico N° 000071-2021-SERVIR-GDSRH de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, se estableció un régimen único y exclusivo para las personas que prestan servicios en las entidades públicas del Estado, así como para aquellas personas que están encargadas de su gestión, del ejercicio de sus potestades y de la prestación de servicios a cargo de éstas;

Que, mediante la Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley del Servicio Civil se creó el Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE) como instrumento de gestión. El CPE de cada entidad se aprueba mediante resolución del Consejo Directivo de SERVIR con opinión favorable de la Dirección General de Presupuesto Público y la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas. Este instrumento reemplaza al Cuadro de Asignación de Personal (CAP) y al Presupuesto Analítico de Personal (PAP). Las entidades nuevas y, las que no siendo nuevas tengan puestos que, por mandato de la ley, deban regirse por el régimen del servicio civil, solo requieren cumplir con la valorización de los puestos propuestos para implementar dicho régimen. La Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas, en coordinación con SERVIR, aprueba la valorización;

Que, el artículo 18 del Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, señala que, en materia de recursos humanos, el cuadro de puestos de la entidad, en adelante CPE, es el instrumento de gestión en donde las entidades establecen los puestos, la valorización de los mismos y el presupuesto asignado a cada uno de ellos, incluidos los puestos vacantes presupuestados, entre otra información. SERVIR, en coordinación con el MEF, emitirá la directiva para la elaboración del CPE por las entidades, la cual es de obligatorio cumplimiento, bajo responsabilidad del titular de la entidad. Cada entidad aprueba su propuesta de CPE mediante resolución del órgano competente, conforme a su normativa de creación o reglamentaria. El CPE debe contemplar todos los puestos de la entidad, incluidos los que no se encuentren dentro del régimen del Servicio Civil. En la aprobación del CPE, SERVIR y MEF tienen las siguientes responsabilidades: a) SERVIR: Da la conformidad sobre los aspectos relacionados al número de puestos y posiciones de cada entidad y sus modificaciones. b) MEF: Valida la asignación presupuestal para los puestos aprobados. Los CPE de los organismos públicos deben contar con opinión favorable previa de la entidad a la cual pertenecen. La propuesta de CPE de las entidades Tipo B es aprobada por la entidad Tipo “A”, a la que pertenecen;

Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 304-2015-SERVIR-PE se formalizó la aprobación de la Directiva “Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad – CPE”, cuya versión actualizada fue formalizada por la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 057-2016-SERVIR-PE del 30 de marzo de 2016;

Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000068-2021-SERVIR-PE se formalizó la aprobación de los “Lineamientos para el tránsito de una entidad pública al régimen del Servicio Civil”; cuya finalidad es que las entidades públicas cuenten con lineamientos claros que les permitan diferenciar las dos (2) fases del proceso de tránsito al régimen del Servicio Civil que involucran el diagnóstico y revisión de la situación actual de los cargos, puestos, plazas y ocupantes en la entidad, así como el análisis y propuesta de una estructura de puestos y posiciones acorde con lo dispuesto en su norma de creación y otra normativa sustantiva relacionada, a ser consignada en los nuevos documentos de gestión de recursos humanos;

Que, la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos, en coordinación con la Gerencia de Políticas de Gestión del Servicio Civil, a través del documento del visto, propuso la “Directiva N° 003-2021-SERVIR-GDSRH – Elaboración del Cuadro de Puestos de la Entidad”; cuyo objetivo es establecer y precisar normas técnicas y procedimientos de observancia obligatoria, que las entidades públicas deben seguir para la administración de puestos y posiciones, en el marco del tránsito de entidades públicas al régimen del Servicio Civil;

Que, en el marco de sus funciones, el Consejo Directivo en la sesión N° 009-2021 aprobó el proyecto de directiva propuesto por la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos.; encargando a la Presidencia Ejecutiva emitir la resolución correspondiente;

Con los vistos de la Gerencia General, de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos, la Gerencia de Políticas de Gestión del Servicio Civil; y de la Oficina de Asesoría Jurídica;

De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1023, Decreto Legislativo que crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil, rectora del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos; la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil; el Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM y modificatorias; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; el Decreto de Urgencia N° 016-2020, Decreto de Urgencia que establece medidas en materia de los recursos humanos del sector público; el Decreto Supremo N° 016-2021-PCM, Decreto Supremo que aprueba el procedimiento simplificado para el tránsito de las entidades públicas que iniciaron su funcionamiento u operaciones a partir del año 2014, al régimen regulado por la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil; y, en uso de las facultades establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo N° 062-2008-PCM y modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1 Formalizar la aprobación de la “Directiva N° 003-2021-SERVIR-GDSRH Elaboración del Cuadro de Puestos de la Entidad”, que en anexo forma parte de la presente Resolución.
Artículo 2

Formalizar la derogación de la siguientes normas: a) “Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH, Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad — CPE”, cuya aprobación fue formalizada con Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 304-2015-SERVIR/PE; b) las modificaciones a la “Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH, Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad — CPE, cuya aprobación fue formalizada con Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 057-2016-SERVIR/PE”.

Artículo 3 Dejar sin efecto la “Guía para el Procedimiento de Aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad — CPE de las entidades públicas”, aprobada, por delegación, mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 031-2018-SERVIR/PE.
Artículo 4 Disponer la publicación de la presente Resolución y su anexo en el diario oficial El Peruano; y en el Portal Institucional de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR (www.servir.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JANEYRI ELIZABETH BOYER CARRERA

Presidenta Ejecutiva

Autoridad Nacional del Servicio Civil

DIRECTIVA N° 003-2021-SERVIR-GDSRH

ELABORACIÓN DEL CUADRO DE PUESTOS

DE LA ENTIDAD

  1. OBJETIVO

    Establecer y precisar normas técnicas y procedimientos de observancia obligatoria, que las entidades públicas deben seguir para la administración de puestos y posiciones, en el marco del tránsito de entidades públicas al régimen del Servicio Civil.

  2. FINALIDAD

    Que las entidades públicas cuenten con reglas claras que les permitan elaborar el Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE) y documentos relacionados, y administrar los puestos y las posiciones consignadas en el nuevo documento de gestión de recursos humanos.

  3. BASE LEGAL

    3.1. Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil.

    3.2. Decreto Legislativo N° 1023, Decreto Legislativo que crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil, rectora del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos.

    3.3. Decreto Legislativo N° 1442, Decreto Legislativo de la Gestión Fiscal de los Recursos Humanos en el Sector Público.

    3.4. Decreto de Urgencia N° 016-2020, Decreto de Urgencia que establece medidas en materia de los recursos humanos del sector público.

    3.5. Decreto Supremo N° 062-2008-PCM, Aprueban Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil.

    3.6. Decreto Supremo N° 004-2013-PCM, Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública.

    3.7. Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, Aprueban el Reglamento General de la Ley N° 30057, Ley de Servicio Civil.

    3.8. Decreto Supremo N° 138-2014-PCM, Reglamento de Compensaciones de la Ley N° 30057, Ley de Servicio Civil.

    3.9. Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, Decreto Supremo que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado.

    3.10. Decreto Supremo N° 016-2021-PCM, Decreto Supremo que aprueba el...

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