DECRETO SUPREMO, N° 058-2021-EF, PODER EJECUTIVO, ECONOMIA Y FINANZAS - Aprueban Préstamo Contingente con el BID-DECRETO SUPREMO-N° 058-2021-EF

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición 1 de Abril de 2021

Aprueban Préstamo Contingente con el BID

decreto supremo

N° 058-2021-EF

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo al numeral 13.1 del artículo 13 del Decreto Legislativo N° 1437, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Endeudamiento Público, el Financiamiento Contingente es una facilidad financiera que permite ante la eventual ocurrencia de un desastre de origen natural o tecnológico, situación de emergencia o crisis económica y/o financiera en el país, obtener financiamiento, bajo la modalidad de líneas de créditos, bonos, operaciones de endeudamiento, u operaciones de similar naturaleza, así como otros instrumentos financieros existentes o que el mercado desarrolle para dicho fin;

Que, el numeral 47.1 del artículo 47 del Decreto Legislativo N° 1437 autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General del Tesoro Público, a negociar y celebrar Financiamientos Contingentes;

Que, en el marco de la citada autorización, el Ministerio de Economía y Finanzas, en representación de la República del Perú, acordará con el Banco Interamericano de Desarrollo – BID, un préstamo contingente bajo la modalidad de Préstamo en Apoyo de Reformas de Política con Opción de Retiro Diferido, hasta por US$ 400 000 000,00 (CUATROCIENTOS MILLONES Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), denominado “Programa de Reformas en Apoyo a la Reactivación Económica y a la Competitividad”;

Que, el referido préstamo contingente contempla: la “Facilidad de Conversión de Moneda”, que faculta a la República del Perú a solicitar la conversión de los desembolsos o del saldo adeudado del préstamo, a Soles, con la correspondiente modificación de las condiciones financieras de la operación; la “Facilidad de Conversión de Tasa de Interés”, que permite cambiar una parte o la totalidad de los saldos adeudados de los préstamos con Tasa basada en LIBOR, a una Tasa Fija de Interés, o viceversa, con la correspondiente modificación de las condiciones financieras de la operación; y, la “Facilidad de Conversión de Productos Básicos” que permite solicitar la contratación de una opción de compra y/o venta de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR