RESOLUCION ADMINISTRATIVA, Nº 000064-2021-CE-PJ, PODER JUDICIAL, CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL - Precisan alcances de la Res. Adm. N° 490-2019-CE-PJ que dispuso que la Corte Superior de Justicia de Puente Piedra - Ventanilla asumirá la competencia territorial, funcional y administrativa del distrito político de Puente Piedra, y dictan otras disposiciones-RESOLUCION ADMINISTRATIVA-Nº 000064-2021-CE-PJ

Fecha de disposición10 Marzo 2021
Fecha de publicación12 Marzo 2021
SecciónSección Única

Precisan alcances de la Res. Adm. Nº 490-2019-CE-PJ que dispuso que la Corte Superior de Justicia de Puente Piedra - Ventanilla asumirá la competencia territorial, funcional y administrativa del distrito político de Puente Piedra, y dictan otras disposiciones

Consejo Ejecutivo

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA

Nº 000064-2021-CE-PJ

Lima, 10 de marzo del 2021

VISTO:

El Oficio Nº 000078-2021-CR-UETI-CPP-PJ cursado por el señor Gustavo Álvarez Trujillo, Consejero Responsable de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal; conteniendo el Informe Nº 009-2021-NOR-ST-UETI-CPP-PJ, del Componente Normativo de la mencionada Unidad.

CONSIDERANDO:

Primero. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte solicitó aclaración del artículo noveno de la Resolución Administrativa Nº 490-2019-CE-PJ, expedida por el Consejo Ejecutivo de este poder del Estado; debido a que se han presentado interpretaciones paralelas de la disposición en mención, presentándose incidencias en la migración de expedientes de materia penal de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte hacia la Corte Superior de Justicia de Puente Piedra - Ventanilla.

Segundo. Que, la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal es el órgano de apoyo del Consejo Ejecutivo que tiene entre sus funciones, emitir opinión respecto a las propuestas de creación, prórroga, conversión y/o reubicación de órganos jurisdiccionales bajo el nuevo Código Procesal Penal; así como de las propuestas efectuadas por la Comisión Nacional de Productividad Judicial, respecto a los liquidadores del modelo antiguo.

Tercero. Que, el señor Consejero Responsable de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal remite a este Órgano de Gobierno el Informe Nº 009-2021-NOR-ST-UETI-CPP-PJ, emitido por el Componente de Monitoreo y Evaluación de la mencionada Unidad, por el cual se informa que se concretó una reunión de coordinación con la Corte Superior de Justicia de Puente Piedra - Ventanilla, a fin...

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