DECRETO SUPREMO, N° 016-2021-PCM, PODER EJECUTIVO, PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS - Decreto Supremo que aprueba el procedimiento simplificado para el tránsito de las entidades públicas que iniciaron su funcionamiento u operaciones a partir del año 2014, al régimen regulado por la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil-DECRETO SUPREMO-N° 016-2021-PCM
Emisor | Poder Ejecutivo |
Fecha de la disposición | 6 de Febrero de 2021 |
Decreto Supremo que aprueba el procedimiento simplificado para el tránsito de las entidades públicas que iniciaron su funcionamiento u operaciones a partir del año 2014, al régimen regulado por la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil
DECRETO SUPREMO
Nº 016-2021-PCM
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, tiene por objeto establecer un régimen único y exclusivo para las personas que prestan servicios en las entidades públicas del Estado, así como para aquellas personas que están encargadas de su gestión, del ejercicio de sus potestades y de la prestación de servicios a cargo de estas;
Que, la Tercera Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, dispone que la citada Ley y su Reglamento establecen las reglas, procesos y metodologías que deben seguir las entidades seleccionadas para el tránsito al régimen del Servicio Civil, debiendo incluir al menos el análisis situacional respecto a los recursos humanos y al desarrollo de sus funciones; la propuesta de reorganización respecto a la estructura de recursos humanos; y, la valorización de los puestos de la entidad pública;
Que, de acuerdo a los numerales 5.1 y 5.2 del artículo 5 del Decreto de Urgencia Nº 016-2020, Decreto de Urgencia que establece medidas en materia de los recursos humanos del Sector Público, se exonera a las entidades públicas que iniciaron sus operaciones o funcionamiento a partir del año 2014, de lo dispuesto en la Tercera Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 30057; disponiéndose que mediante Decreto Supremo refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra de Economía y Finanzas, se regula el procedimiento simplificado que deben seguir dichas entidades para transitar al régimen del Servicio Civil regulado por la citada Ley, a propuesta de la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR);
De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; en el Decreto de Urgencia Nº 016-2020, Decreto de Urgencia que establece medidas en materia de los recursos humanos del Sector Público; en la Ley Nº 30057, Ley de Servicio Civil; y, en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo;
DECRETA:
El presente Decreto Supremo tiene por objeto establecer el procedimiento simplificado para el tránsito al régimen del Servicio Civil regulado por la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, aplicable a las entidades públicas que iniciaron sus operaciones o funcionamiento a partir del año 2014, de acuerdo con lo previsto en los numerales 5.1 y 5.2 del...
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