DECRETO SUPREMO, N° 014-2021-PCM, PODER EJECUTIVO, PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS - Prórroga del Estado de Emergencia declarado en las provincias de Putumayo y Mariscal Ramón Castilla del departamento de Loreto-DECRETO SUPREMO-N° 014-2021-PCM

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición 5 de Febrero de 2021

Prórroga del Estado de Emergencia declarado en las provincias de Putumayo y Mariscal Ramón Castilla del departamento de Loreto

Decreto Supremo

Nº 014-2021-PCM

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 44 de la Constitución Política del Perú prevé que son deberes primordiales del Estado garantizar la plena vigencia de los derechos humanos, proteger a la población de las amenazas contra su seguridad y promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nación;

Que, el artículo 137 de la Carta Magna establece que el Presidente de la República, con acuerdo del Consejo de Ministros, puede decretar, por plazo determinado, en todo el territorio nacional, o en parte de él, y dando cuenta al Congreso o a la Comisión Permanente, los estados de excepción señalados en dicho artículo, entre los cuales se encuentra el Estado de Emergencia, en caso de perturbación de la paz o del orden interno, de catástrofe o de graves circunstancias que afecten la vida de la Nación, pudiendo restringirse o suspenderse el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad y la seguridad personales, la inviolabilidad de domicilio, y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 137-2020-PCM, publicado en el diario oficial “El Peruano” el 11 de agosto de 2020, se declara por el término de sesenta (60) días calendario, el Estado de Emergencia en las provincias de Putumayo y Mariscal Ramón Castilla del departamento de Loreto, disponiéndose que la Policía Nacional del Perú mantenga el control del orden interno, con el apoyo de las Fuerzas Armadas; el mismo que fue prorrogado por los Decretos Supremos Nº 167-2020-PCM y 190-2020-PCM, por el término de sesenta (60) días calendario, a partir del 11 de octubre y del 10 de diciembre de 2020, respectivamente;

Que, con Oficio Nº 68-2021-CG PNP/SEC, la Policía Nacional del Perú solicita al Ministro del Interior que se gestione la prórroga del Estado de Emergencia al que hace referencia el considerando precedente, por el término de sesenta (60) días calendario, con la finalidad de continuar con la erradicación del crimen organizado, así como...

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