DECRETO DE ALCALDIA, Nº 01-2021-DA/MPC, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO - Declaran diversas vías como Zonas Rígidas para el estacionamiento de vehículos las 24 horas del día-DECRETO DE ALCALDIA-Nº 01-2021-DA/MPC
Emisor | Gobiernos Locales |
Fecha de la disposición | 20 de Enero de 2021 |
Declaran diversas vías como Zonas Rígidas para el estacionamiento de vehículos las 24 horas del día
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 01-2021-DA/MPC
Callao, 20 de enero del 2021
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley Nº 30305 - Ley de Reforma Constitucional, precisa que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972.
Que, el inciso 1 y 6 del artículo 20° de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972, establece entre las atribuciones del Alcalde la de defender y cautelar los derechos e intereses de la municipalidad y los vecinos, así como; dictar Decretos y Resoluciones de Alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas;
Que, el artículo 42º, de la acotada Ley establece que; “Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal”;
Que, el artículo 17 de la Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre – Ley N° 27181, dispone que las Municipalidades Provinciales en sus respectivas jurisdicciones y de conformidad con la leyes y reglamentos nacionales, tienen competencia normativa, de gestión y de fiscalización en materia de transporte y tránsito terrestre;
Que, el Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito, aprobado por Decreto Supremo N° 016-2009-MTC y modificatorias en su artículo 24° inciso 1) dispone que está prohibido en la vía destinar las calzadas a otro uso que no sea el tránsito y estacionamiento de vehículos en determinadas vías públicas o áreas urbanas;
Que, el mencionado Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito, en su artículo 239° establece que la Autoridad competente, cuando la situación lo justifique, puede prohibir o restringir la circulación o estacionamiento de vehículos en determinadas vías públicas o áreas urbanas;
Que, el Reglamento Nacional de Tránsito, tipifica el estacionar en ZONA RIGIDA SEÑALIZADA (color amarillo), como una infracción al estacionamiento, catalogada como “GRAVE” y que conlleva al internamiento del vehículo en el Depósito Municipal de Vehículos “DMV”, como medida cautelar accesoria;
Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 1.1 del artículo IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley de Procedimiento Administrativo General - Ley N° 27444, respecto del Principio de Legalidad, las entidades públicas deben actuar con respeto a la Constitución, la ley y el derecho, dentro de las facultades atribuidas y de acuerdo con los fines para los que fueron conferidos;
Que, las vías y/o avenidas de competencia provincial a declararse como zona rígida para el estacionamiento en el presente Decreto; se encuentran definidas en el Sistema Vial Provincial que es parte integrante Plan Urbano Director de la Provincia Constitucional del Callao para período 1995 - 2010, aprobada mediante Ordenanza Municipal Nº 000018-1995-MPC, publicada el 5 de octubre de 1995; la misma que se...
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