RESOLUCION ADMINISTRATIVA, Nº 000007-2021-CE-PJ, PODER JUDICIAL, CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL - Establecen jornada y horario de trabajo del 18 al 31 de enero de 2021 para las dependencias del Poder Judicial-RESOLUCION ADMINISTRATIVA-Nº 000007-2021-CE-PJ
Fecha de disposición | 15 Enero 2021 |
Fecha de publicación | 19 Enero 2021 |
Materia | Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Público y Administrativo |
Sección | Sección Única |
Establecen jornada y horario de trabajo del 18 al 31 de enero de 2021 para las dependencias del Poder Judicial
Consejo Ejecutivo
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
Nº 000007-2021-CE-PJ
Lima, 15 de enero del 2021
VISTOS:
El Decreto Supremo Nº 002-2021-PCM; y la Resolución Administrativa Nº 000382-2020-CE-PJ, emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.
CONSIDERANDO:
Primero. Que, por Decreto Supremo Nº 008-2020-SA se declaró la emergencia sanitaria a nivel nacional, por el plazo de noventa días calendarios, dictándose medidas para la prevención y control a fin de evitar la propagación del COVID-19, la cual fue prorrogada por los Decretos Supremos Nros. 020-2020-SA, 027-2020-SA, y 031-2020-SA, siendo este último a partir del 7 de diciembre de 2020 por el plazo de noventa días calendario.
Segundo. Que, con la finalidad de mantener las labores en el Poder Judicial, mediante Resolución Administrativa Nº 000382-2020-CE-PJ se prorrogó hasta el 31 de enero de 2021 la vigencia del Protocolo denominado “Medidas de reactivación de los órganos jurisdiccionales y administrativos del Poder Judicial, posterior al levantamiento del aislamiento social obligatorio establecido por el Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM y prorrogado por los Decretos Supremos Nros. 051 y 064-2020-PCM”, aprobado mediante Resolución Administrativa Nº 000129-2020-CE-PJ, y modificado por Resolución Administrativa Nº 000146-2020-CE-PJ. Asimismo, se estableció la jornada y horario de trabajo para el referido periodo. Del mismo modo, se dictaron medidas respecto al funcionamiento de los juzgados de paz de los Distritos Judiciales del país.
Tercero. Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-2021-PCM, del 14 de enero de 2021, el Gobierno Central dispuso nuevas medidas para combatir la propagación del COVID-19, manteniendo algunas restricciones al ejercicio de los derechos constitucionales con el fin de proteger los derechos fundamentales a la vida, a la integridad y a la salud de los/as peruanos/as.
Cuarto. Que, en atención al referido decreto supremo y al análisis de las estadísticas de la propagación del COVID-19 en el país, surge la necesidad de adoptar medidas preventivas para resguardar la salud de jueces, personal jurisdiccional y administrativo; así como de los usuarios del sistema judicial. Por ende, este Órgano de Gobierno considera pertinente modificar...
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