ACUERDO, Nº 002-2021-MPL, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE - Aprueban contratación directa del Servicio de Recolección, Transporte y Disposición Final de Residuos Sólidos-ACUERDO-Nº 002-2021-MPL

EmisorGobiernos Locales
Fecha de la disposición11 de Enero de 2021

Aprueban contratación directa del Servicio de Recolección, Transporte y Disposición Final de Residuos Sólidos

ACUERDO DE CONCEJO

Nº 002-2021-MPL

Pueblo Libre, 11 de enero del 2021

EL CONCEJO MUNICIPAL DE PUEBLO LIBRE;

VISTO, en sesión extraordinaria de Concejo de la fecha; con el voto mayoritario de los señores Regidores y con la dispensa del trámite de Lectura y Aprobación de Acta; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, establece que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con lo establecido en el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, según el cual la autonomía establecida constitucionalmente radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, actos administrativos y actos de administración con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el artículo 22 del Decreto Legislativo Nº 1278, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, establece que las municipalidades distritales son responsables por la gestión de los residuos sólidos de origen domiciliario, especiales y similares, en el ámbito de su jurisdicción;

Que los artículos 91 y 101 de la Ordenanza Nº 444-MPL – Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad de Pueblo Libre, establecen que la Gerencia de Desarrollo Urbano y del Ambiente, es el órgano encargado de conducir los procesos, de desarrollo urbano y ambiental del distrito y de conducir los servicios públicos, y asimismo que la Subgerencia de Gestión Ambiental es la unidad orgánica responsable de desarrollar acciones de protección del medio ambiente en el distrito y administrar los servicios municipales de parques y jardines y limpieza pública, de conformidad a la normatividad vigente.

Que, los artículos 64, 66, 69 y 71 del citado Reglamento, establecen que la Gerencia de Administración es el órgano encargado de planificar, dirigir, coordinar y controlar las actividades y procesos técnicos de Logística y Servicios Generales, así como de supervisar el cumplimiento de la normatividad aplicable a cada sistema administrativo, y que la Subgerencia de Logística y Patrimonio es la unidad orgánica responsable de administrar el sistema de abastecimiento de bienes y servicios, realizar el control patrimonial y administrar los servicios generales de la Municipalidad bajo los criterios de eficiencia y eficacia debiendo de aplicar la normatividad en materia de contrataciones y adquisiciones y otras sobre el proceso de almacenamiento, custodia y asignación de bienes;

Que el artículo 27°, literal c) del TUO de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, referido a Contrataciones Directas, precisa que excepcionalmente, las Entidades pueden...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR