RESOLUCION DIRECTORAL, Nº 001-2021-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRO RURAL-DE, PODER EJECUTIVO - Delegan facultades en diversos funcionarios del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL-RESOLUCION DIRECTORAL-Nº 001-2021-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRO RURAL-DE
Emisor | Poder Ejecutivo |
Fecha de la disposición | 5 de Enero de 2021 |
Delegan facultades en diversos funcionarios del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL
RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA
Nº 001-2021-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRO RURAL-DE
Lima, 5 de enero de 2021
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo N° 012-2020-MIDAGRI, se formaliza la creación del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL, en el ámbito del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, dependiente del Despacho Viceministerial de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego, disponiendo en la primera disposición complementaria final que en un plazo no mayor a cincuenta días hábiles se apruebe el Manual de Operaciones.
Que, considerando lo dispuesto en la primera disposición complementaria final del mencionado Decreto Supremo, aún subsiste y tiene plena vigencia el Manual de Operaciones de AGRO RURAL aprobado por Resolución Ministerial N° 0015-2015-MINAGRI, publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 15 de enero de 2015, donde se establece su estructura orgánica y las funciones de cada uno de los órganos que lo conforman, entre otros;
Que, en el artículo 10° del mencionado Manual de Operaciones se establece que la Dirección Ejecutiva es la máxima autoridad ejecutiva y administrativa; ejerce la representación legal ante las entidades públicas y privadas, nacionales o extranjeras, y es responsable de la conducción y supervisión de la gestión del Programa, asimismo puede delegar las facultades y otorgar los poderes que considere pertinentes, de acuerdo a la normatividad vigente, sin perjuicio de la responsabilidad que le corresponda;
Que, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225 – Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF establece las pautas y parámetros legales que deben observar las entidades públicas en los procedimientos de selección para la contratación de bienes, servicios y obras; y, dentro de este marco, permite la delegación de ciertas facultades a través de resolución expresa del titular, con excepción de la nulidad de oficio, la aprobación de contrataciones directas y otras previstas en su Reglamento aprobado por Decreto...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba