RESOLUCION, N° 000233-2020/SUNAT, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS, SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA - Aprueban nueva versión del PDT Planilla Electrónica - PLAME, Formulario Virtual N° 0601-RESOLUCION-N° 000233-2020/SUNAT

EmisorOrganismos Tecnicos Especializados
Fecha de la disposición30 de Diciembre de 2020

Aprueban nueva versión del PDT Planilla Electrónica - PLAME, Formulario Virtual N° 0601

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA

N° 000233-2020/SUNAT

Lima, 30 de diciembre de 2020

CONSIDERANDO:

Que en uso de, entre otras, las facultades concedidas por el artículo 88 del Código Tributario y los artículos 2, 3 y 4 del Decreto Supremo N° 018-2007-TR, que establece disposiciones relativas al uso del documento denominado “Planilla Electrónica”, se publicó la Resolución de Superintendencia N° 183-2011/SUNAT que aprobó las normas y procedimientos para la presentación de la Planilla Electrónica conformada por la información del registro de información laboral (T-Registro) y la Planilla Mensual de Pagos (PLAME), así como para la presentación de la declaración de empleadores;

Que la citada resolución aprueba el PDT Planilla Electrónica - PLAME, Formulario Virtual N° 0601, como el medio que se utiliza para la presentación de la PLAME y para la declaración, entre otros conceptos, de las contribuciones al ESSALUD respecto de las remuneraciones de los trabajadores o aportes de los asegurados regulares incorporados al ESSALUD por mandato de una ley especial, respectivamente;

Que mediante la Ley N° 31087 se deroga la Ley N.º 27360, Ley que aprueba las normas de promoción del sector agrario y el Decreto de Urgencia N.º 043-2019 por lo que a partir de su entrada en vigencia es de aplicación, en los casos que corresponda, el inciso a) del artículo 6 de la Ley N° 26790 que establece que el aporte del empleador al ESSALUD por los trabajadores en actividad equivale al nueve por ciento (9%) de la remuneración o ingreso;

Que considerando que el artículo 29 de la Ley N.º 27460 Ley de Promoción y Desarrollo de la Acuicultura incorporó a los trabajadores acuícolas al Seguro Social de los trabajadores de la actividad agraria comprendidos en la Ley N.º 27360, la derogatoria de esta última norma también hace aplicable el inciso a) del artículo 6 de la Ley N.º 26790 en el caso de los empleadores de dichos trabajadores acuícolas;

Que, de otro lado, para efecto de la determinación de algunos tributos que se declaran y/o pagan utilizando el PDT Planilla Electrónica - PLAME, Formulario Virtual N° 0601, se debe considerar como referencia determinado porcentaje de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), cuyo valor para el año 2021, según el Decreto Supremo N° 392-2020-EF...

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