DECRETO DE URGENCIA, N° 142-2020, PODER EJECUTIVO, DECRETOS DE URGENCIA - Decreto de Urgencia que aprueba medidas presupuestarias extraordinarias para coadyuvar a la ejecución del Gasto Público en el Pliego 116: Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP-DECRETO DE URGENCIA-N° 142-2020

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición29 de Diciembre de 2020

Decreto de Urgencia

Nº 142-2020

DECRETO DE URGENCIA QUE APRUEBA MEDIDAS PRESUPUESTARIAS EXTRAORDINARIAS PARA COADYUVAR A LA EJECUCIÓN DEL GASTO PÚBLICO EN EL PLIEGO 116: INSTITUTO NACIONAL DE RADIO Y TELEVISIÓN

DEL PERÚ – IRTP

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

Que, la Constitución Política del Perú reconoce en el inciso 8 de su artículo 2, el derecho de toda persona a la libertad de creación intelectual, artística, técnica y científica, así como a la propiedad sobre dichas creaciones y a su producto, precisando que el Estado propicia el acceso a la cultura y fomenta su desarrollo y difusión;

Que, de acuerdo a los literales b) y j) del artículo 5 de la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, dicho Ministerio es el organismo rector en materia de cultura y ejerce competencia, exclusiva y excluyente, respecto de otros niveles de gobierno en todo el territorio nacional, en la formulación, planeación, dirección, coordinación, ejecución, supervisión, evaluación y fiscalización de las políticas nacionales y sectoriales del Estado en materia de cultura, aplicables y de cumplimiento en todos los niveles de gobierno y por todas las entidades del sector cultura; y, en el diseño, conducción y supervisión de los sistemas funcionales en el ámbito de la cultura asegurando el cumplimiento de las políticas públicas sectoriales de acuerdo a las normas de la materia;

Que, a través del Decreto Supremo N° 061-2016-PCM, se aprueba la adscripción del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú–IRTP al Ministerio de Cultura;

Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2020-SA, se declara en Emergencia Sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa (90) días calendario y se dictan medidas de prevención y control, debido a la pandemia originada por la propagación del coronavirus COVID-19, la misma que ha sido prorrogada por los Decretos Supremos
Nº 020-2020-SA, Nº 027-2020-SA y N° 031-2020-SA;

Que, mediante Decreto Supremo N° 184-2020-PCM se declara el Estado de Emergencia Nacional por el plazo de treinta y un días calendario, a partir del martes 01 de diciembre de 2020, por las graves circunstancias que afectan la vida de las personas a consecuencia del COVID-19, prorrogado a través del Decreto Supremo
N° 201-2020-PCM, se declara la prórroga del Estado de Emergencia nacional...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR