RESOLUCION ADMINISTRATIVA, Nº 000714-2020-P-CSJLIMANORTE-PJ, PODER JUDICIAL, CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA - Reconocen y felicitan a jueces, personal jurisdiccional y administrativo de la CSJ Lima Norte, que laboraron durante el Estado de Emergencia Nacional decretado por la pandemia del COVID-19, sin pertenecer a órganos jurisdiccionales y/o administrativos de emergencia-RESOLUCION ADMINISTRATIVA-Nº 000714-2020-P-CSJLIMANORTE-PJ

EmisorPoder Judicial
Fecha de la disposición 1 de Diciembre de 2020

Reconocen y felicitan a jueces, personal jurisdiccional y administrativo de la CSJ Lima Norte, que laboraron durante el Estado de Emergencia Nacional decretado por la pandemia del COVID-19, sin pertenecer a órganos jurisdiccionales y/o administrativos de emergencia

Presidencia de la Corte Superior

de Justicia de Lima Norte

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA

Nº 000714-2020-P-CSJLIMANORTE-PJ

Independencia, 1 de diciembre del 2020

VISTOS:

La Resolución Administrativa Nº 261-2020-CE-PJ del 04/11/2020, en adelante R.A. 261-2020, la Resolución Administrativa Nº 318-2020-CE-PJ del 04/11/2020, en adelante R.A. 318-2020, la Resolución Administrativa Nº 328-2020-P-CSJLIMANORTE-PJ del 30/03/2020 en adelante R.A.328-2020, la comunicación electrónica del Coordinador de Personal del 25/11/2020; y,

CONSIDERANDO:

  1. Por Decreto Supremo Nº 008-2020-SA se declaró la Emergencia Sanitaria a nivel nacional, por el plazo de noventa días calendario, dictándose medidas para la prevención y control a fin de evitar la propagación del COVID-19; siendo prorrogado a través del Decreto Supremo Nº 020-2020-SA, a partir del 10 de junio de 2020, por el mismo plazo.

  2. Por D.S. Nº 094-2020-PCM (23/5/2020) el Poder Ejecutivo amplió el período del Estado de Emergencia Sanitaria por el plazo de 37 días calendario, a partir del 25/5/2020 al 30/6/2020, por lo que el CE-PJ, mediante Resolución Administrativa Nº 157-2020-P-CE-PJ también prorrogó la suspensión de labores y plazos procesales en el Poder Judicial, disponiendo además que los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia del País emitan las medidas que sean pertinentes, para el adecuado funcionamiento de los órganos jurisdiccionales designados.

  3. Ante ello, mediante R.A. 261-2020, el CE-PJ, felicitó y resaltó labor realizada por los jueces a cargo de los órganos jurisdiccionales qué sin ser órganos jurisdiccionales de emergencia, desempeñaron su labor incluso en jornadas extraordinarias, permitido así la continuidad del servicio de justicia para los ciudadanos.

  4. En esa misma línea, mediante R.A. 318-2020, el CE-PJ felicitó a los servidores judiciales que igualmente sin pertenecer a los órganos jurisdiccionales de emergencia, demostraron su espíritu de compromiso en el servicio de administración de justicia durante el Estado de Emergencia Nacional, decretado por la pandemia del COVID-19, disponiendo que sean identificados, reconocidos y felicitados por la labor realizada.

  5. Es preciso indicar que mediante R.A. 328-2020, este despacho dispuso la prórroga del funcionamiento de órganos administrativos de emergencia, sin embargo, por necesidad de servicios se contó con el apoyo de servidores de áreas administrativa que no fueron comprendidas en dicha resolución, quienes también deben ser reconocidos y felicitados por la responsabilidad asumida.

  6. Con lo anotado, y en virtud de lo previsto en los incisos 3) y 9) del TUO de la Ley...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR