ORDENANZA, Nº 23-2020-MPC, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE - Ordenanza que aprueba el procedimiento de Planeamiento Integral con fines de Anexión al Área Urbana y Asignación de Zonificación y vías primarias-ORDENANZA-Nº 23-2020-MPC

EmisorGobiernos Locales
Fecha de la disposición20 de Octubre de 2020

Ordenanza que aprueba el procedimiento de Planeamiento Integral con fines de Anexión al Área Urbana y Asignación de Zonificación y vías primarias

ORDENANZA N° 23-2020-MPC

Cañete, 20 de octubre de 2020

EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL

DE CAÑETE

POR CUANTO: En Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 19 de octubre de 2020, y de conformidad a lo previsto en la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972; Dictamen N° 004-2020-CODUR-MPC, de fecha 05 de octubre de 2020, y;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad a lo establecido en los Artículos 74°, 194° y 195° de la Constitución Política del Perú, en concordancia con los artículos y 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia con sujeción al ordenamiento jurídico, otorgándole potestad para administrar sus bienes y rentas, establece además que mediante Ordenanza se crean, modifican, suprimen o exoneran los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones dentro de los límites establecidos por Ley, correspondiéndole al Concejo Municipal la función normativa que se ejerce a través de Ordenanzas, las mismas que tienen rango de Ley.

Que, mediante Decreto Supremo N° 022-2016-VIVIENDA, se aprueba el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sostenible (RATDUS), norma que contiene los procedimientos técnicos, criterios y parámetros que los Gobiernos Locales deben considerar en la formulación, aprobación, implementación y modificación de los instrumentos de planificación urbana y en los instrumentos de gestión urbana contemplados en dicho Reglamento.

Que, el artículo 58° del Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sostenible (RATDUS), define al Planeamiento Integral (PI) como “un instrumento técnico – normativo mediante el cual se asigna zonificación y vías primarias con fines de integración al área urbana, a los predios rústicos no comprendidos en los Planes de Desarrollo Urbano (PDU), Esquema de Ordenamiento Urbano (EU) o localizados en centros poblados que carezcan de PDU y/o de Zonificación”.

Que, el numeral 61.3 del artículo 61° del RATDUS establece que “la propuesta final del PI con el respectivo Informe Técnico Legal es presentada por la Gerencia Municipal competente al Concejo Municipal Provincial para su aprobación mediante Ordenanza, siguiendo el procedimiento establecido en el numeral 55.5 del artículo 55 del presente Reglamento, en concordancia con las funciones y competencias establecidas en la Ley N° 27972. Ley Orgánica de Municipalidades”.

Que, mediante Expediente N° 3219-2018, de fecha 02 de abril del 2018, el administrado Sr. Guillermo Javier Bellido Camino, con DNI N° 09338446, (en adelante el administrado) en calidad de propietario, solicitan da inicio al trámite de Planeamiento Integral (Anexión de predios al área urbana y Asignación de zonificación) del terreno denominado Fundo Carrizales N° 02, inscrito en la Partida Electrónica N° 90285659, de la Oficina Registral de Lima y Callao/Oficina Cañete – Zona Registral N° IX Sede Lima, adjuntando para tales efectos la partida electrónica del predio Carrizales N° 02: 90285659, Copia de DNI, Memoria Descriptiva; y Planos según requisitos indicados en el TUPA vigente de la MPC.

Que, mediante Informe N° 315-2018-AMJB-SGOP-GODUR-MPC, de fecha 12 de junio de 2018, remitido por la Sub Gerencia de Obras Privadas, señala en sus conclusiones que la documentación técnica exigida en el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano para la Modificación del Plan Urbano a través del procedimiento de Planeamiento Integral, por lo que solicita:

  1. Que se autorice el inicio de difusión de la propuesta de Aprobación de Planeamiento Integral en el distrito de Chilca, en la Municipalidad Provincial de Cañete.

  2. Que se comunique a la Municipalidad Distrital de Chilca, el inicio del procedimiento de Difusión de la Propuesta de Aprobación de Planeamiento Integral y se remita una copia del Expediente Administrativo de modificación de Plan Urbano del Distrito de chilca a través de la aprobación de Planeamiento Integral que dirigen la expansión urbana hacia lugares y direcciones diferentes a las establecidas en el Plan Urbano del Distrito, con la finalidad que se inicie el procedimiento...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR