RESOLUCION, N° 000200-2020-SINEACE/CDAH-P, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS, CONSEJO SUPERIOR DEL SISTEMA NACIONAL DE EVALUACION ACREDITACION Y CERTIFICACION DE LA CALIDAD EDUCATIVA - Aprueban Normas de Competencia denominadas: “Atender pacientes con accidente cerebrovascular en el ámbito prehospitalario”, “Atender pacientes con paro cardiorespiratorio extrahospitalario”; “Atender pacientes de trauma en el ámbito prehospitalario” y “Atender y realizar transporte de pacientes con COVID-19”-RESOLUCION-N° 000200-2020-SINEACE/CDAH-P
Fecha de disposición | 18 Noviembre 2020 |
Fecha de publicación | 22 Noviembre 2020 |
Sección | Sección Única |
Aprueban Normas de Competencia denominadas: “Atender pacientes con accidente cerebrovascular en el ámbito prehospitalario”, “Atender pacientes con paro cardiorespiratorio extrahospitalario”; “Atender pacientes de trauma en el ámbito prehospitalario” y “Atender y realizar transporte de pacientes con COVID-19”
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA
N° 000200-2020-SINEACE/CDAH-P
San Isidro, 18 de noviembre de 2020
VISTOS:
i) La solicitud presentada por el Sistema de Atención Móvil de Urgencia - SAMU, mediante la cual se solicita la elaboración de cuatro (04) normas de competencias denominadas: “Atender pacientes con accidente cerebrovascular en el ámbito prehospitalario”, “Atender pacientes con paro cardiorespiratorio extrahospitalario”; “Atender pacientes de trauma en el ámbito prehospitalario”; “Atender y realizar transporte de pacientes con COVID-19”;
ii) El Informe N°000070-2020-SINEACE/P-DEC-EBTP, de la Dirección de Evaluación y Certificación en Educación Básica y Técnico Productiva;
iii) El Informe N° 0000315-2020-SINEACE/P-ST-OAJ; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 5 de la Ley N° 28740, Ley del Sineace, establece como finalidad del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa, garantizar a la sociedad que las instituciones educativas públicas y privadas ofrezcan un servicio de calidad, con el propósito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y competencias necesarias para alcanzar mejores niveles de calificación profesional y desempeño laboral;
Que, mediante la Décima Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N°30220, Ley Universitaria, se declara en reorganización el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa – Sineace, habiéndose conformado mediante Resolución Ministerial N° 396-2014-MINEDU, del 28 de agosto 2014, el Consejo Directivo Ad Hoc, con el objetivo de ejecutar las funciones necesarias para la continuidad del sistema y los procesos en desarrollo;
Que, el numeral 7.1. de la Directiva N° 0003-2020-SINEACE/P, Directiva que regula los procesos de articulación, normalización...
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