ORDENANZA, Nº 21-2020-MPC, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE - Ordenanza que aprueba el Procedimiento de Planeamiento Integral con fines de anexión al área urbana y asignación de zonificación y vías primarias-ORDENANZA-Nº 21-2020-MPC

EmisorGobiernos Locales
Fecha de la disposición 1 de Octubre de 2020

Ordenanza que aprueba el Procedimiento de Planeamiento Integral con fines de anexión al área urbana y asignación de zonificación y vías primarias

ORDENANZA Nº 21-2020-MPC

Cañete, 1 de octubre de 2020

EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL

DE CAÑETE

POR CUANTO: En Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 28 de setiembre de 2020, y de conformidad a lo previsto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; Dictamen Nº 004-2020-CODUR-MPC del fecha 12 de agosto del 2020.

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad a lo establecido en los Artículos 74º, 194º y 195º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con los artículos y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia con sujeción al ordenamiento jurídico, otorgándole potestad para administrar sus bienes y rentas, establece además que mediante Ordenanza se crean, modifican, suprimen o exoneran los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones dentro de los límites establecidos por Ley, correspondiéndole al Concejo Municipal la función normativa que se ejerce a través de Ordenanzas, las mismas que tienen rango de Ley;

Que, mediante Expediente Nº 010674-2017, de fecha 13 de octubre del 2017 Los administrados, Sra. Francesca María Isabel Corbetto Tizón identificado con DNI Nº 21866256 y el Sr. Rafael Gastón Tadeo Milagros Santos Normand, identificado con DNI Nº 08274605, en calidad de propietarios, solicitan la Aprobación de la Propuesta de Planeamiento Integral como Industria Pesada (I-4) del Predio de 401.37 Has, inscrito en la Partida electrónica Nº 2114784, ubicad a la altura del Km 58 de la autopista Panamericana Sur del Distrito de Chilca, Provincia de Cañete , departamento de Lima;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 022-2016-VIVIENDA, se aprueba el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sostenible (RATDUS), norma que contiene los procedimientos técnicos, criterios y parámetros que los Gobiernos Locales deben considerar en la formulación, aprobación, implementación y modificación de los instrumentos de planificación urbana y en los instrumentos de gestión urbana contemplados en dicho Reglamento;

Que, el artículo 58º del Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sostenible (RATDUS), define al Planeamiento Integral (PI) como “un instrumento técnico – normativo mediante el cual se asigna zonificación y vías primarias con fines de integración al área urbana, a los predios rústicos no comprendidos en los Planes de Desarrollo Urbano (PDU), Esquema de Ordenamiento Urbano (EU) o localizados en centros poblados que carezcan de PDU y/o de Zonificación”;

Que, el numeral 61.3 del artículo 61º del RATDUS establece que “la propuesta final del...

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