ORDENANZA, Nº 0542-2020-MDB, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE BREÑA - Prorrogan vigencia para el Ejercicio 2021 de la Ordenanza N° 512-2018-MDB que establece el monto por derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación y distribución a domicilio de la Declaración Jurada y liquidación del Impuesto Predial y Arbitrios para el Ejercicio 2019-ORDENANZA-Nº 0542-2020-MDB

EmisorGobiernos Locales
Fecha de la disposición20 de Octubre de 2020

Prorrogan vigencia para el Ejercicio 2021 de la Ordenanza N° 512-2018-MDB que establece el monto por derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación y distribución a domicilio de la Declaración Jurada y liquidación del Impuesto Predial y Arbitrios para el Ejercicio 2019

ORDENANZA MUNICIPAL

Nº 0542-2020-MDB

Breña, 20 de octubre del 2020

EL ALCALDE DEL DISTRITO DE BREÑA

POR CUANTO:

El Concejo Municipal Distrital de Breña, en Sesión de Ordinaria de la fecha.

VISTO:

El Memorando Nº 488-2020-GR/MDB de fecha 31 de agosto de 2020 de la Gerencia de Rentas, por el cual remite el proyecto de “Ordenanza que Prorroga para el Ejercicio 2021, la Vigencia de la Ordenanza Nº 512-2018-MDB que establece el monto por Derecho de Emisión Mecanizada de Actualización de Valores, Determinación y Distribución a Domicilio de la Declaración Jurada y Liquidación del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el ejercicio 2019”, el Memorándum Nº 049-2020-GAJ-MDB de fecha 31 de agosto de 2020 de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Dictamen Nº 05-2020-CR-CM/MDB de fecha 12 de octubre de 2020 de la Comisión de Rentas; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú reconoce a los Gobiernos Locales autonomía política, económica, y administrativa en los asuntos de su competencia, y les otorga la potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, arbitrios, licencias y derechos Municipales;

Que, en los Gobiernos Locales, el Concejo Municipal cumple la función normativa, de acuerdo a lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú;

Que, del mismo modo el numeral 8) del artículo de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que son atribuciones del Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas;

Que, el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, señala que mediante Ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran los arbitrios, licencias, derechos y contribuciones dentro de los límites establecidos...

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