INVESTIGACION, Nº 828-2016-LAMBAYEQUE, PODER JUDICIAL, CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL - Imponen medida disciplinaria de destitución a auxiliar jurisdiccional, en el cargo de Asistente Judicial del 2° Juzgado de Paz Letrado de Familia de Chiclayo, Corte Superior de Justicia de Lambayeque-INVESTIGACION-Nº 828-2016-LAMBAYEQUE

Fecha de disposición18 Octubre 2020
Fecha de publicación18 Octubre 2020
SecciónSección Única

Imponen medida disciplinaria de destitución a auxiliar jurisdiccional, en el cargo de Asistente Judicial del 2° Juzgado de Paz Letrado de Familia de Chiclayo, Corte Superior de Justicia de Lambayeque

INVESTIGACIÓN N° 828-2016-LAMBAYEQUE

Lima, cinco de febrero de dos mil veinte.-

VISTA:

La propuesta de destitución del auxiliar jurisdiccional Marco Antonio Solano Távara en el cargo de Asistente Judicial del 2° Juzgado de Paz Letrado de Familia de Chiclayo, Corte Superior de Justicia de Lambayeque; y además, le impone la medida cautelar de suspensión preventiva en el ejercicio de todo cargo en el Poder Judicial. remitida por la Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial mediante Resolución N° 11, de fecha 12 de setiembre de 2018.

CONSIDERANDO:

Primero. Que, en virtud a una remisión de la Fiscalía a la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, del Acta Fiscal de fecha 06 de abril del 2016 suscrita por la señora Rosa María Gómez Cuevas, quien denunció que el Asistente Judicial a cargo de la tramitación del Expediente Nº 467- 2009, sobre prorrateo de alimentos, le solicitó dinero para agilizar su proceso, por lo que se efectuó un operativo anticorrupción que culminó con la captura in fraganti del servidor Marco Antonio Solano Tavara, lo que motivó que el 11 de abril del mismo año la Magistrada Contralora integrante de la referida Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura expidiera la Resolución Nº 1, disponiendo abrir procedimiento disciplinario contra el aludido servidor judicial. Asimismo, por Resolución N° 6 del 21 de noviembre de 2016, se amplía el procedimiento atribuyéndole al investigado un nuevo cargo, siendo los cargos que se le imputan los siguientes:

  1. Habría establecido relaciones extraprocesales con la demandada del Expediente Nº 467-2009, doña Rosa María Gómez Cueva, afectando el normal desarrollo del proceso judicial en circunstancias que el servidor investigado tenía a cargo el trámite del proceso sobre Prorrateo de Alimentos en calidad de Asistente Judicial del 2º Juzgado de Paz Letrado de Familia de Chiclayo. Por lo que habría transgredido su deber de cumplir con honestidad las funciones inherentes al cargo que desempeña, no olvidando en ningún momento que es un servidor de un Poder del Estado Peruano, previsto en al literal b) del articulo 41º del Reglamento Interno de Trabajo del Poder Judicial, cuya conducta disfuncional estaría tipificada como causal de falta muy grave por el inciso 8) del articulo 10º del Reglamento del Régimen Disciplinario de los Auxiliares Jurisdiccionales del Poder Judicial

  2. El servidor investigado con fecha 7 de abril de 2016 habría aceptado beneficio económico en forma de...

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