RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 0554-2020-RE, PODER EJECUTIVO, RELACIONES EXTERIORES - Promueven funcionarios diplomáticos a las categorías de Ministro Consejero, Consejero, Primer Secretario y Segundo Secretario en el Servicio Diplomático de la República-RESOLUCION MINISTERIAL-Nº 0554-2020-RE

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición 9 de Octubre de 2020

Promueven funcionarios diplomáticos a las categorías de Ministro Consejero, Consejero, Primer Secretario y Segundo Secretario en el Servicio Diplomático de la República

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 0554-2020-RE

Lima, 9 de octubre de 2020

VISTA:

La Resolución Suprema Nº 089-2020-RE que aprueba el número de vacantes, por categoría, para los funcionarios del Servicio Diplomático de la República aptos para ser ascendidos con fecha 1 de enero de 2021;

CONSIDERANDO:

Que, mediante las Resoluciones Ministeriales Nº 0074-2020-RE, Nº 0124-2020-RE y Nº 0471-2020-RE se designó a la Comisión de Personal responsable de elaborar la propuesta del Cuadro Anual de Promociones de los funcionarios del Servicio Diplomático de la República correspondiente al año 2020;

Que, las disposiciones contenidas en los artículos 124º, 129º y 130º, entre otros, del Decreto Supremo Nº 130-2003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, regulan los plazos para la evaluación de los funcionarios en actividad aptos para las promociones en cada categoría, así como para la publicación de las resoluciones que contienen la promoción a las categorías diplomáticas respectivas;

Que, de conformidad con el artículo 129º del Decreto Supremo Nº 130-2003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, la propuesta del Cuadro Anual de Promociones y el acta final de la Comisión de Personal sobre el proceso serán publicadas y entregadas por la Comisión de Personal para su consideración y decisiones correspondientes, al Ministro de Relaciones Exteriores, a más tardar el 15 de octubre de cada año;

Que, de conformidad con el artículo 130º del Decreto Supremo Nº 130-2003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, las promociones en el Servicio Diplomático de la Republica, serán aprobadas mediante Resolución Ministerial para las categorías de Ministro Consejero hasta Segundo Secretario, y serán publicadas en el Diario Oficial El Peruano a más tardar el 1 de noviembre de cada año, haciéndose efectivas a partir del 1 de enero del año siguiente;

Teniendo en cuenta la propuesta de Cuadro Anual de Promociones presentada por la Comisión de Personal y contenida en el Acta de su Décimo Segunda reunión;

De conformidad con la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y sus modificatorias; así como su Reglamento aprobado por...

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