ORDENANZA, Nº 007-2020-CR/GOB.REG.TACNA, GOBIERNOS REGIONALES, GOBIERNO REGIONAL DE TACNA - Derogan la Ordenanza Regional N° 025-2013-CR/GOB.REG.TACNA, que declaró de interés y necesidad regional el uso de los predios denominados “Parcela 4” y “Parcela 5” con la finalidad de ser destinados a ejecución del Programa Regional de Vivienda denominado Vivienda Digna para Tacna-ORDENANZA-Nº 007-2020-CR/GOB.REG.TACNA

EmisorGobiernos Regionales
Fecha de la disposición 8 de Octubre de 2020

Derogan la Ordenanza Regional N° 025-2013-CR/GOB.REG.TACNA, que declaró de interés y necesidad regional el uso de los predios denominados “Parcela 4” y “Parcela 5” con la finalidad de ser destinados a ejecución del Programa Regional de Vivienda denominado Vivienda Digna para Tacna

ORDENANZA REGIONAL

Nº 007-2020-CR/GOB.REG.TACNA

EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO

REGIONAL DE TACNA

POR CUANTO:

El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha treinta y uno de julio de dos mil veinte, en Sesión Ordinaria, aprobó la siguiente Ordenanza Regional;

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 191 establece que: “Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”.

Que, la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 15 establece como atribución del Consejo Regional: “a) Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional”; asimismo, el artículo 38 prescribe: “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia”.

Que, mediante Ordenanza Regional Nº 001-2013-CR/GOB.REG.TACNA, publicada en el diario oficial “El Peruano” con fecha 10 de marzo de 2013 se dispuso: “Artículo Primero: Declaración de Política Pública Regional. DECLARAR como Política Pública Regional de Vivienda del Gobierno Regional de Tacna, en concordancia con las políticas nacionales y sectoriales, el Programa Regional de Vivienda denominado: “VIVIENDA DIGNA PARA TACNA” con el fin de promover la adquisición y el acceso formal a la propiedad de lotes de terrenos para vivienda en favor prioritariamente de los sectores más vulnerables de la población que no tienen acceso a una vivienda digna. (…) ARTÍCULO TERCERO: Ámbito de Aplicación. El Programa Regional de Vivienda se desarrollará en toda la Región Tacna, en terrenos de propiedad del Gobierno Regional de Tacna y/o en terrenos del Estado administrados por el Gobierno Regional de Tacna que posteriormente sean transferidos a este último para tal fin”.

Que, mediante Ordenanza Regional Nº 025-2013-CR/GOB.REG.TACNA publicada en el diario oficial “El Peruano” con fecha 31 de octubre de 2013 se dispuso: “ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR de interés y necesidad regional el uso del predio denominado...

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