DECRETO SUPREMO, Nº 013-2020-MC, PODER EJECUTIVO, CULTURA - Decreto Supremo que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Biblioteca Nacional del Perú-DECRETO SUPREMO-Nº 013-2020-MC

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición23 de Septiembre de 2020

Decreto Supremo que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Biblioteca Nacional del Perú

decreto supremo

n° 013-2020-mc

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo al artículo 11 de la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modificatoria, la Biblioteca Nacional del Perú es un organismo público adscrito al citado Ministerio; y, se regula de conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, sus normas y correspondiente Reglamento de Organización y Funciones, conforme al ordenamiento jurídico de la descentralización;

Que, conforme a los artículos 2 y 3 de la Ley N° 30570, Ley General de la Biblioteca Nacional del Perú, ésta última es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Cultura, con personería jurídica pública, autonomía técnica económica, administrativa y financiera; y, es el ente rector del Sistema Nacional de Bibliotecas, de conformidad con lo establecido en la Ley N° 30034, Ley del Sistema Nacional de Bibliotecas;

Que, el numeral 40.1 del artículo 40 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece que “los procedimientos administrativos y requisitos deben establecerse en una disposición sustantiva aprobada mediante Decreto Supremo o norma de mayor jerarquía, por Ordenanza Regional, por Ordenanza Municipal, por Resolución del titular de los organismos constitucionalmente autónomos”;

Que, el numeral 40.3 del precitado artículo 40 dispone que “los procedimientos administrativos deben ser compendiados y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos, aprobados para cada entidad, en el cual no se pueden crear procedimientos ni establecer nuevos requisitos, salvo lo relativo a la determinación de los derechos de tramitación que sean aplicables de acuerdo a la normatividad vigente”;

Que, mediante el Decreto Supremo N° 002-2013-MC, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Biblioteca Nacional del Perú;

Que, mediante el artículo 2 del Decreto Legislativo N° 1310, Decreto Legislativo que aprueba medidas adicionales de simplificación administrativa, se dispone que las entidades del Poder Ejecutivo deben realizar...

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