RESOLUCION, N° 155-2020-OS/CD, ORGANISMOS REGULADORES, ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA - Disponen la publicación de proyecto de resolución que aprueba la Norma “Manual de Costos basado en actividades aplicable a las empresas de distribución eléctrica”-RESOLUCION-N° 155-2020-OS/CD

EmisorOrganismos Reguladores
Fecha de la disposición23 de Septiembre de 2020

Disponen la publicación de proyecto de resolución que aprueba la Norma “Manual de Costos basado en actividades aplicable a las empresas de distribución eléctrica”

RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN

EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN

Nº 155-2020-OS/CD

Lima, 22 de setiembre de 2020.

CONSIDERANDO:

Que, en el literal c) del numeral 3.1 del Artículo 3 de la Ley Nº 27332, Ley Marco de Organismos Reguladores de la Inversión Privada de los Servicios Públicos, se establece que la función normativa de los Organismos Reguladores comprende la facultad de dictar en el ámbito y materia de sus respectivas competencias, entre otros, reglamentos y normas técnicas. En tal sentido, en el Artículo 21 del Reglamento General de Osinergmin, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, se precisa que corresponde a Osinergmin dictar de manera exclusiva y dentro de su ámbito de competencia, reglamentos y normas de carácter general, aplicables a todas las entidades y usuarios que se encuentren en las mismas condiciones. Estos reglamentos y normas podrán definir los derechos y obligaciones de las entidades y de éstas con sus usuarios;

Que, atendiendo el principio de transparencia que rige el accionar del Regulador, y de conformidad con el Artículo 14 del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia en el diario oficial El Peruano, en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales. Dichas entidades permitirán que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas, los cuales, de conformidad con el Artículo 25 del Reglamento General de Osinergmin, no tendrán carácter vinculante ni darán lugar a procedimiento administrativo;

Que, de acuerdo a lo señalado en el considerando precedente, corresponde publicar el proyecto de resolución con el que se aprueba la Norma “Manual de Costos basado en actividades aplicable a las empresas de distribución eléctrica”, para la recepción de comentarios y sugerencias por parte de los interesados. Asimismo, corresponde disponer que...

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