RESOLUCION, Nº 3426-R-2020, ORGANOS AUTONOMOS, INSTITUCIONES EDUCATIVAS - Autorizan transferencia financiera de la Universidad Nacional del Centro del Perú a favor del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, con la finalidad de ser destinados a deudos del personal de la salud fallecidos a consecuencia del COVID-19-RESOLUCION-Nº 3426-R-2020

EmisorOrganos Autonomos
Fecha de la disposición22 de Septiembre de 2020

Autorizan transferencia financiera de la Universidad Nacional del Centro del Perú a favor del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, con la finalidad de ser destinados a deudos del personal de la salud fallecidos a consecuencia del COVID-19

UNIVERSIDAD NACIONAL

DEL CENTRO DEL PERÚ

RESOLUCIÓN Nº 3426-R-2020

Huancayo, 7 de setiembre de 2020

EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL

CENTRO DEL PERÚ;

Visto, el Oficio Nº 0518-2020-JOGTH/UNCP, a través del cual la Jefe de la Oficina de Gestión del Talento Humano solicita la emisión de la resolución de aprobación de desagregación de recursos de la Transferencia de Partidas autorizada mediante el Decreto de Urgencia Nº 063-2020, Decreto de Urgencia que dispone el apoyo solidario de los funcionarios y servidores públicos del Poder Ejecutivo para la entrega económica a favor de los deudos del personal de la Salud.

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto de Urgencia 014-2019, de fecha 22 de noviembre de 2019, se aprobó el Presupuesto del Sector Público correspondiente al año fiscal 2020;

Que, mediante Resolución Nº 6478-CU-2019, de fecha 26 de diciembre de 2019, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura 2020 del Pliego 517 “Universidad Nacional del Centro del Perú”;

Que, el artículo 01º del Decreto de Urgencia Nº 063-2020, Decreto de Urgencia que dispone el apoyo solidario de los funcionarios y servidores públicos del Poder Ejecutivo para la entrega económica a favor de los deudos del personal de la Salud, fallecidos a consecuencia del COVID-19, establece la reducción temporal, por un periodo de tres (03) meses, de la remuneración del Presidente de la República y los ingresos mensuales, provenientes de su cargo, de los funcionarios y servidores públicos del Estado del Poder Ejecutivo, destinando los ahorros derivados de dicha reducción a contribuir con el financiamiento de medidas que permitan mitigar el impacto de la propagación del Coronavirus (COVID-19);

Que, el artículo 02º del citado Decreto de Urgencia prevé, entre otros, que los funcionarios y servidores públicos a quienes se aplica la reducción temporal son aquellos cuyos ingresos mensuales, provenientes de su cargo, sean iguales o mayores a S/ 15,000. Conforme el numeral 3.1 de su artículo 3, se aplicará la medida durante los...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR