INVESTIGACION, Nº 260-2014-SAN MARTIN, PODER JUDICIAL, CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL - Imponen medida disciplinaria de destitución a Secretario Judicial del Juzgado Mixto Permanente de Moyobamba; asimismo, a Auxiliar Judicial del Juzgado Mixto de Nueva Cajamarca, Distrito Judicial de San Martín-INVESTIGACION-Nº 260-2014-SAN MARTIN

EmisorPoder Judicial
Fecha de la disposición20 de Septiembre de 2020

Imponen medida disciplinaria de destitución a Secretario Judicial del Juzgado Mixto Permanente de Moyobamba; asimismo, a Auxiliar Judicial del Juzgado Mixto de Nueva Cajamarca, Distrito Judicial de San Martín

INVESTIGACIÓN N° 260-2014-SAN MARTÍN

Lima, cuatro de marzo de dos mil veinte.-

VISTA:

La Investigación número doscientos sesenta guión dos mil catorce guión San Martín que contiene la propuesta de destitución del señor Alex Ronald Barrios Chancafe y la señora Palmir Cahuaza Quintana, por su desempeño como Secretario Judicial del Juzgado Mixto Permanente de Moyobamba y Auxiliar Judicial del Juzgado Mixto de Nueva Cajamarca, respectivamente, ambos del Distrito Judicial de San Martín, remitida por la Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, mediante resolución número veintiocho, de fecha cinco de agosto de dos mil diecinueve; de fojas setecientos sesenta y siete a setecientos ochenta y uno.

CONSIDERANDO:

Primero. Que en mérito al informe del Juez del Juzgado Mixto Permanente de Moyobamba, se comunicó haberse cobrado el saldo existente de un depósito judicial consignado en el Expediente número cero ochenta y nueve guión dos mil cuatro, sin existir mandato judicial para su pago. Respecto a los hechos denunciados, resulta necesario señalar lo siguiente:

a) De fojas diez a once, obra copia certificada de la resolución número dos del siete de noviembre de dos mil catorce, expedida en el cuaderno cautelar signado como Expediente número cero cero cincuenta y nueve guión cero uno guión dos mil catorce guión doscientos veinte mil trescientos uno guión JX cero uno guión C (Juzgado Mixto de El Dorado de San Martín) mediante la cual se concedió medida cautelar de embargo en forma de retención hasta por la suma de sesenta y cinco mil soles, a favor de Miguel Tuesta Panaifo, sobre el Depósito Judicial número dos cero cero cuatro cero cinco tres uno cero cero seis tres tres, que obra en el Expediente número cero cero ochenta y nueve guión dos mil cuatro, en el proceso seguido por la Empresa R&R Constructores Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada contra la Empresa Consorcio Translei Superconcreto, sobre obligación de dar suma de dinero, bajo custodia del Secretario Judicial René Guevara Fustamante, ordenándose que el Juzgado Mixto de Moyobamba cumpla con remitir el mencionado depósito judicial, mandato que fue cumplido el diez de noviembre de dos mil catorce, haciéndose entrega de dicho documento judicial por la suma de noventa mil soles, precisándose que de dicho monto se efectuó como pago a cuenta la suma de veintiséis mil cuatrocientos sesenta y ocho soles con cincuenta y tres céntimos, tal como consta en la copia certificada del Acta de Entrega de Depósito Judicial de fojas trece.

b) A fojas dieciséis, obra la razón del veintiocho de noviembre de dos mil catorce, emitida por el Secretario Judicial René Guevara Fustamante al Juez del Juzgado Mixto de...

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